Recategorización Régimen Simplificado AGIP
Cuatrimestralmente en los meses de enero, mayo y septiembre, se puede hacer la recategorización del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de CABA.

¿Cuándo hay que hacer la recategorización del Régimen Simplificado AGIP?
Durante todo el mes de enero, mayo y septiembre se puede realizar en la página web de AGIP la recategorización del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos. El vencimiento no fue modificado para Rentas Ciudad, solamente la recategorización del monotributo que se hace por la página de AFIP, cambió el vencimiento que pasó de ser cuatrimestral a ser semestral.
Para realizar la recategorización, tenes que ver si tuviste en los doce meses anteriores a la fecha de vencimiento cambios en alguno de estos parámetros.
Por ejemplo si estas en el vencimiento que opera en el mes de mayo, tenes que sumar los ingresos obtenidos, la superficie del local, oficina, consultorio afectado a la actividad y la energía consumida de los meses que van de mayo del año pasado a abril de este año, para ver si superas el máximo anual de la categoría en que estas inscripto. Si fuera hacía debes hacer la recategorización.
Si no cambió ninguno de los parámetros, no tenes que hacer nada.
Condiciones Régimen Simplificado AGIP
Recordamos que si realizas la venta de cosas muebles, prestas servicios o locaciones exclusivamente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, podrás inscribirte en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, siempre y cuando no superes los siguientes parámetros:
- Los ingresos totales anuales (ya sean gravados, no gravados o exentos) no tienen que ser mayores a $896.043,90.
- En el caso de ventas de cosas muebles, el precio unitario de cada una no puede ser mayor a $15.000.
- Tu lugar de trabajo no puede superar los 200 metros cuadrados.
- Como máximo podes consumir Veinte mil (20.000) kilowatts de energía al año.
¿Qué pasa si no me recategorizo?
Lo que declares en la recategoriazación de AGIP tiene que ser la misma información que declares en la recategorización del monotributo de AFIP recategorización del monotributo de AFIP. Si no te recategorizas:
- AGIP puede recategorizarte de oficio.
- Podés sufrir multas.
- Te pueden incorporar al Padrón de Alto Riesgo: esto hace que aumente la alícuota mensual que te aplican para percepciones y retenciones.
- Pueden excluirte del Régimen Simplicado. En este caso tendrías que inscribirte como Contribuyente Local.
¿Cómo hago la recategorización?
- Ingresar a la página de AGIP, con Clave Ciudad (nivel 1 o 2).
- Vas al servicio “Ingresos Brutos”.
- Seleccionas “Ingresos Brutos”-”Recategoricación ISIB-RS”.
- Tenes que completar con el CUIT y continuas.
- Haces clic en la pestaña “Datos del trámite”.
- Tenes que seleccionar los datos correspondientes a ingresos obtenidos, la superficie afectada y la energía consumida de los meses anteriores y haces clic en avanzar.
- Verificar la información cargada y presentas para finalizar el trámite.
- Podrás imprimir el formulario presentado.
Evelyn Lorena Muriel
Contadora Pública
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