¿Cómo ver mis aportes jubilatorios?
Es importante conocer tus aportes de la seguridad social. Tenes varias formas de obtener la información, ya sea desde la página de AFIP o desde el ANSES.

¿Qué son los aportes y contribuciones?
Los aportes son retenciones que se realizan en tu recibo de sueldo (11% por jubilación, 3% para el PAMI y 3% para la obra social). Las contribuciones las realiza tu empleador para tu jubilación y obra social y también para las asignaciones familiares, seguro de vida y ART.
¿Cómo consulto mis aportes?
Accediendo con Clave Fiscal, al servicio web de la página de AFIP "Aportes en línea" los trabajadores en relación de dependencia comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), podrán consultar si su empleador le ha realizado los aportes mensuales en forma total o parcial y el monto correspondiente.
También podrán realizar una consulta básica (para saber si se han depositado los importes, pero si saber el monto), sin clave fiscal.
A través del servicio “Aportes en línea”, podrás:
- Ver si tu empleador te incluye en las presentaciones mensuales.
- Ver si esos importes que tu empleador presentó en la Declaración Jurada, coinciden con los montos de tu recibo de sueldo.
- Corroborar si los importes que ingreso tu empleador para tu obra social y jubilación son totales o parciales.
- Consultar que obra social y ART tenes asignada.
Si queres ver la información de tus anteriores empleadores, tenes que seleccionar el botón “Archivo Histórico” del menú “Archivo”.
¿Cómo consulto mis aportes si soy monotributista?
El servicio para consultar los aportes de los monotributistas y/o autónomoses el: "SICAM -Sistema de Información para contribuyentes autónomos y monotributistas."
Desde el servicio “Aportes en línea” también podes consultar el destino de los fondos, seleccionando el botón “Ver pagos SICAM”.
¿Cómo se si estoy trabajando “en blanco”?
Podes consultar el servicio de AFIP “Trabajo en Blanco” por cualquiera de los siguientes medios:
- A través del homebanking de tu cuenta bancaria. La entidad bancaria deberá estar homologada por la AFIP.
- Con Clave Fiscal a través del sitio web de AFIP.
- Sin Clave Fiscal, solo podrás saber si estas registrado por tu empleador o no.
Paso a paso como consultar mi alta como trabajador
- Desde la página de AFIP acceder al apartado de “Seguridad Social”, del menú superior de la web.
- Ingresas al sector de “empleados”.
- Haces clic en “Trabajo en blanco”.
- En el menú que se encuentra a la izquierda de la pantalla podes acceder al servicio y a la verificación del CDIL (Certificado Digital de Ingresos Laborales).
La constancia de alta como trabajador es la única constancia que te asegura estar declarado. Te la debe entregar tu empleador al comienzo de la relación laboral.
¿Qué es el Certificado Digital de Ingresos Laborales?
Es una constancia validada por AFIP que muestra las remuneraciones de los últimos 6 (seis) meses de todos los empleadores con los que hayas trabajado.
Historia laboral ANSES
Existen dos tipos de constancias que podes obtener para conocer tus aportes:
Historia laboral
- Se emite por la página web de Anses.
- No requiere autenticación de un agente de ANSES.
- Podrás ver las declaraciones juradas presentadas por tus empleadores.
- Los períodos y remuneraciones registrados como trabajador autónomo o monotributista.
- Para acceder a esta información debes contar con tu Clave de Seguridad Social y acceder desde el apartado “Mi Anses” - “Consultas”- “Consulta Historial Laboral”.
Reconocimiento de Servicios
- Es una resolución firmada por ANSES con los aportes jubilatorios registrados en el ámbito nacional.
- Para solicitar el “Reconocimiento de Servicios”, es necesario presentar en ANSES, la “Certificación de servicios”, que es un comprobante donde figura el tiempo trabajado y la remuneración que recibiste. Esta última te la debe entregar tu empleador al finalizar la relación laboral.
- Con el comprobante de “Certificación de servicios” podes acreditar en ANSES los aportes jubilatorios, que no estuvieran registrados.
- Es obligación del empleador entregar la “Certificación de servicios” al finalizar la relación laboral (ya se por renuncia, despido o desaparición de la empresa) y cada vez que lo necesites. El empleador puede ser sancionado si no la entrega dentro de los 30 días de finalización de la relación laboral.
Evelyn Lorena Muriel
Contadora Pública