Autorizaciones AFIP

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Existen distintos tipos de autorizaciones ya sea para hacer trámites web o en forma presencial. Aquí encontrarás los trámites que hay que hacer, paso a paso.

Existen distintos tipos de autorizaciones ya sea para hacer trámites web o en forma presencial. Aquí encontrarás los trámites que hay que hacer, paso a paso.

Gestión de Autorizaciones para Firma digital

Se utiliza para formalizar electrónicamente los actos de otorgamiento, aceptación y revocación de autorizaciones, generales o especiales ante la AFIP para identificar a las personas físicas habilitadas para firmar digitalmente determinada documentación.

Los autorizantes y autorizados deberen haber cumplido previamente con el requisito de registro digital de la foto, firma, huella dactilar y escaneo del documento que acredite su identidad.

El autorizante debe acceder al servicio “Gestión de Autorizaciones Electrónicas para Firma Digital”, establecer el alcance de la autorización a otorgar e identificar al usuario al cual se autoriza, recibiendo como constancia de la misma el formulario 3283/D.

¿Qué tipo de certificados se pueden solicitar?

La emisión de un certificado te permitirá firmar digitalmente documentos. Se pueden solicitar los siguientes cerificacodos:

Certificado Software: no necesita ningún hardware especial, no tiene costos, lo que posibilita su uso masivo. Solo requiere instalar el certificado en la PC que se utilizará para firmar digitalmente documentos. El sistema solicitará el ingreso de la clave privada para firmar documentos.

Certificados Hardware: Brinda una mayor seguridad ya que los datos privados del titular son almacenados en un dispositivo criptográfico especial Además este certificado cuenta con un perfil único y común a todas las Autoridades Certificantes de la República Argentina. Para firmar digitalmente un documento el sistema solicitará conectar el dispositivo criptográfico e ingreser una clave privada.

Formulario 3283

Por medio de este formulario podrás autorizar a una persona para que te represente ante la AFIP para determinadas gestiones:

  1. Notificarse en expedientes y sumarios.
  2. Solicitar y retirar valores.
  3. Firmar Declaraciones Juradas y solicitudes de plazo o prórroga; aceptar determinaciones presuntivas y ajustes de Declaraciones Juradas presentadas.
  4. Retirar documentación agregada a expedientes y actuaciones cuyo desglose se haya acordado y efectuar gestiones relacionadas con las Disposicio- nes reglamentarias o administrativas exigidas por el carácter de la inscripción.
  5. Firmar recibos provisionales o definitivos.
  6. Firmar letras y cualquier otro documento que importe obligación de pago.
  7. Interponer recursos administrativos referente a la liquidación o discusión del gravamen.
  8. Alegar defensa o interponer recursos ante la Administración, en las actuaciones que se promuevan con motivo de infracciones que pudieran imputár- sele con respecto a las leyes del citado gravamen, y ofrecer o aportar pruebas con relación a cualesquiera de las situaciones enunciadas en el punto 7 y en el presente
  9. Percibir el importe de devoluciones
  10. Renunciar a la prescripción ganada o al término corrido de la prescripción, y reconocer deudas

Para que tenga validez el formulario, lo deberán firmar tanto el autorizado como el autorizante ante un empleado de la AFIP. Cuando la autorización no se otorgue ante empleados de la AFIP, la firma del autorizante debe ser autenticada por: Instituciones bancarias, jueces de paz, jefes de registro civil, comisarios de policía, escribanos o notarios de todo el país, con facultades certificantes según las normas de la jurisdicción en que actúen.

El formulario puede bajarse de la página web de AFIP y debe rellenarse por duplicado, ya que una de las copias queda para el funcionario de la AFIP.

Formulario 3283 vía Presentaciones Digitales

Presentaciones Digitales es el servicio que permite presentar tu multinota en formato digital por la web de AFIP, para hacer trámites sin necesidad de ir hasta la agencia del organismo. Podés hacer el trámite de "Vinculación de Clave Fiscal para personas humanas" o "Vinculación de Clave Fiscal para personas jurídicas" y otorgarle a un tercero el poder para actuar frente a la AFIP para determinados trámites.

Los formularios que deberás presentar según el tipo de trámite son:

Administrador de relaciones AFIP

Por medio de esta herramienta podes autorizar a otras personas para que utilicen con su Clave Fiscal servicios de la web de AFIP. Para poder realizar acciones en tu nombre esta persona debe ingresar con su “Clave Fiscal”.

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Existen distintos tipos de autorizaciones:

Administrador de relaciones: es la aquella persona física que puede realizar acciones con su “Clave Fiscal” tanto para sí misma como para la persona jurídica que represente. En este último caso actuará en nombre y cuenta de esta.

Subadministrador de Relaciones: puede sustituir al administrador de relaciones o actuar al mismo tiempo que él o reemplazandolo. Lo designa el administrador de relaciones.

Usuario interno: es designado por el administrador o el subdministrador para utilizar y/o interactuar con los servicios o para realizar determinadas gestiones.

Usuario externo: es una persona que no depende del contribuyente, que es autorizada para utilizar determinados servicios. En caso que el usuario externo actúe en nombre de una persona jurídica, la utilización con los sistemas deberá ser efectuada con la “Clave Fiscal” de la/s persona/s física/s que designe el Administrador de Relaciones de aquella.

Usuario especial restringido: podrá interactuar con los servicios solo en nombre propio y/o en representación de terceros en carácter de representante de una sucesión indivisa, beneficiario de prestaciones previsionales, representante de una persona jurídica o física cuya inscripción haya sido cancelada por la AFIP. No podrán delegar los servicios a un tercero.

Administrador de Relaciones Apoderado: es la persona física que con su “Clave Fiscal” podrá realizar determinadas acciones, como apoderado y en nombre de una:

Para realizar este trámite además de los elementos descriptos para obtener la clave fiscal (link), deberá presentar un formulario Multinota (F. 206), invocando alguna de las causales de excepción válidas y adjuntando la documentación correspondiente.

¿Qué acciones puede realizar el administrador de relaciones?

El Administrador de Relaciones puede:

Utilizar los servicios de la web de AFIP en nombre propio y puede efectuar a través de la herramienta informática “Administrador de Relaciones” las siguientes transacciones:

Para tramitar su condición de Administrador de Relaciones, el Representante Legal de la sociedad (que tiene que tener Clave Fiscal nivel 3), deberá dirigirse a una dependencia de AFIP con un formulario Multinota (206), copia de su DNI, copia autenticada del contrato social,estatuto, etc de la sociedad y documentación que lo acredite como representante legal de la entidad.

Se podrá autorizar a un tercero para presentar la documentación en la Dependencia, el cual deberá encontrarse autorizado para tal fin mediante el respectivo formulario Nº 3283.

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