Recategorización Régimen Simplificado AGIP

artículosIngresos Brutos

En enero, mayo y septiembre se puede hacer la recategorización del Régimen Simplificado de AGIP: Ingresos Brutos de CABA.

¿Cuándo hay que hacer la recategorización del Régimen Simplificado AGIP?

Durante todo el mes de enero, mayo y septiembre se puede realizar en la página web de AGIP, la recategorización del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos. El vencimiento no fue modificado para Rentas Ciudad, solamente la recategorización del monotributo que se hace por la página de AFIP cambió el vencimiento, que pasó de ser cuatrimestral a ser semestral.

Para realizar la recategorización, tenes que ver si tuviste en los doce meses anteriores a la fecha de vencimiento cambios en alguno de estos parámetros.

Por ejemplo si estás en el vencimiento del mes de mayo, tenes que sumar los ingresos obtenidos, la superficie del local, oficina, consultorio afectado a la actividad y la energía consumida de los meses que van de mayo del año pasado a abril de este año, para ver si superás el máximo anual de la categoría en que estás inscripto. Si fuera así debés hacer la recategorización.

Si no cambió ninguno de los parámetros, no tenes que hacer nada. No se confima la categoría.

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Condiciones Régimen Simplificado AGIP

Recordamos que si realizás la venta de cosas muebles, prestas servicios o locaciones exclusivamente en e ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, podrás inscribirte en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, siempre y cuando no superes los siguientes parámetros:

¿Qué pasa si no me recategorizo?

Lo declarado en la recategoriazación de AGIP tiene que ser la misma información que declares en la recategorización del monotributo de AFIP.Que no te sorprenda que la categoría en la que quedes encuandrado sea diferente a la del monotributo, ya que hace algunos años las tablas dejaron de tener límites similares, sindo la AGIP la más desactualizada en cuanto a los límites de ingresos y precio unitario de venta.

Es importante que tengas en cuenta ambas tablas y te recategorices correctame, si no:

¿Cómo hago la recategorización de AGIP?

  1. Ingresás a la página de AGIP, con Clave Ciudad (nivel 1 o 2).
  2. Vas al servicio “Ingresos Brutos”.
  3. Seleccionás “ISIB-RégimenSimplificado”-"Trámites de Rectificativas"-”Recategoricación ISIB-RS”.
  4. Hacés clic en la lupa que se encuentra al lado de tu CUIT.
  5. Vas a la pestaña “Datos del trámite”.
  6. Tenés que seleccionar los datos correspondientes a ingresos obtenidos, la superficie afectada y la energía consumida de los 12 meses anteriores y haces clic en avanzar.
  7. Verificas la información cargada y presentas para finalizar el trámite.
  8. Podrás imprimir el formulario presentado.

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