Plan de pagos permanente AFIP

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¿Recibiste una intimación de AFIP por falta de pago del Monotributo? Paso a paso como responder y como armar el Plan de pagos permanente AFIP.

¿Recibiste una intimación de AFIP por falta de pago del Monotributo?, no dejes de leer este post donde te explico como podes armar un plan de pagos permanente de AFIP hasta el 30/11/2022. Explicaremos paso a paso como responder y como generar el plan.

Antes de realizar el plan de pagos

Si recibiste una intimación de AFIP por falta de pago del Monotributo tenes que analizar si es correcta la deuda reclamada y qué pasa si no respondes las intimaciones.
Si una vez hecho el análisis correspondiente, llegas a la conclusión que debes pagar la deuda, podes pagar al contado mediante VEP o generar un Plan de Facilidades Permanente de la AFIP. Aquí veremos paso a paso cómo hacer un Plan de pagos AFIP para deuda de Monotributo.

¿La AFIP puede intimar pagos por el domicilio fiscal electrónico?

La AFIP podrá intimarte para que presentes y pagues las Declaraciones Juradas adeudadas, podrá notificarte citaciones, requerimientos, avisos, comunicaciones, etc.

¿Cómo tengo que contar los días para responder una intimación?

Si recibiste una intimación en el marco de la Ley de Procedimiento Administrativo (Ley nº 11.683) se computan los día hábiles administrativos, a partir de la fecha de notificación. El plazo no podrá ser menor a 10 días.

¿Qué pasa si no respondo una intimación de la AFIP?

Por falta de contestación de las notificaciones efectuadas por AFIP podes sufrir multas por incumplimiento a los deberes formales.

Además si no regularizas la deuda, recibirás una notificación por cédula judicial, informadote que se ha generado una “Boleta de Deuda” y se te abrirá un sumario por falta de presentación y multas. Esta Boleta de Deuda la presenta un abogado de AFIP como representante del Fisco en sede judicial.

El interés aumenta de un resarcitorio de una 3% a un punitorio del 4% y habrá que pagar los honorarios del abogado de AFIP que rondan en un 10% del monto adeudado.

¿Qué pasa si no pago una “Boleta de Deuda”?

Si la deuda continúa impaga, se procede a la ejecución fiscal. Se te asignará un funcionario que actuará como Agente Fiscal.

RG 4268- Plan de pagos Deuda autónomos y Régimen Simplificado

Recibida la intimación si quisieras pagar la deuda podrías generar un Plan de Pagos (moratoria).

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En el nuevo plan permanente de pagos, el interés mensual, la cantidad de cuotas del plan y la cantidad de planes posibles dependen de la categoría de riesgo que tengas en la AFIP.

La categoría depende de tu comportamiento fiscal: si presentas tus declaraciones juradas en tiempo, si pagas a la fecha de vencimiento, si tenes juicios con la AFIP, etc.

Paso a paso como armar un plan de pagos permanente

  1. Los planes de pago se debitan automáticamente los días 16 de cada mes. Por eso antes de generar el plan, debes cargar el CBU de tu cuenta bancaria en el servicio “Declaración de CBU” de la web de AFIP, para “Mis Facilidades”.
  2. También debes tener cargado un teléfono y un mail de contacto en el servicio “Sistema Registral” de la web de AFIP.
  3. Antes de generar el plan hay que agregar el servicio “Mis Facilidades”.
  4. Una vez incorporando el servicio ingresas con tu Clave Fiscal y verás varios botones, el primero dice “Validación de deuda”, ingresando al mismo verás todos los períodos adeudados del Monotributo para hacer clic en los que queres incorporar al plan.
  5. En la solapa siguiente “Nueva Presentación” haces clic en la opción “RG 4268- Plan de Financiación Permanente”.
  6. Seleccionas el plan en este caso “RG 4268- Deuda autónomos y régimen simplificado”, pero el procedimiento es igual para cualquier tipo de plan de pagos.
  7. Si no hubieras hecho el paso de “Validación de deuda”, ahora tendrías que cargar las deudas a incluir en plan, en la segunda opción “Carga de obligaciones a regularizar”.
  8. En el paso 3 “Plan de Pagos” verás la cantidad de cuotas, los intereses y las fechas de vencimiento. Elegida la opción de cuotas debes hacer clic en “confirmar”.
  9. Luego seleccionas la opción 4 “Envío del Plan”. El sistema te mostrará una pantalla donde tendrás que ingresar el código que recibiste al celular o al mail, luego presiona “ENVIAR”. Caso contrario, si no recibiste ningún código, selecciona “ENVIAR SMS”.
  10. Como consecuencia el sistema te mostrará el acuse de recibo de la presentación de la moratoria, la cual podrás imprimir haciendo clic en el botón “Imprimir”.

Intereses resarcitorios y punitorios

Solo podás incorporar en el plan de pagos los intereses resarcitorios y punitorios que provengan de las mismas deudas que estás incluyendo en el plan.

Si tenes intereses elevados porque son de hace varios años y por pagar fuera de término por ejemplo, tenderás que abonar los mismos al contado. Lo mismo para intereses punitorios generados por deudas en gestión judicial.

Plan Caduco

Si tu plan de pagos caducó, deberás ingresar el saldo de las cuotas adeudadas mediante VEP, no podrás generar un nuevo plan, ya que Resolución General (RG) 4268 estipula que las obligaciones incluidas en planes caducos de la misma norma NO se puede agregar a otro plan permanente.

Se puede hacer otro plan de la RG 4268, si los parámetros lo permiten, pero NO incluir deuda de plan caduco de esa misma RG.

Vigencia del Plan de pagos Permanente de AFIP

En el marco de la emergencia sanitaria por la pandemiea del Coronavirus, la AFIP decidió extender la vigencia del plan de pagos permanente hasta el 31/09/2022. Se establecen mejores condiciones para acceder a estos planes, con relación a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.

Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo I pueden acceder hasta un máximo de 10 planes de facilidades de pago y el resto de contribuyentes pueden acceder hasta un máximo de 3 planes de pago.

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