Exención inmobiliario para jubilados
Paso a paso como realizar el trámite de exención del impuesto inmobiliario para jubilados y pensionados de la provincia de Buenos Aires.
¿Qué es el impuesto inmobiliario?
El impuesto inmobiliario es un tributo que se cobra a los propietarios de bienes inmuebles, como terrenos, edificios, casas y locales comerciales, por la propiedad y uso de dichos bienes. Este impuesto se utiliza para financiar los gastos y servicios públicos que proporciona el Estado.
Es administrado por los gobiernos provinciales, y su monto y forma de cálculo varían de acuerdo a las normas y regulaciones de cada jurisdicción. En algunos casos, el impuesto inmobiliario puede ser progresivo, es decir, que se cobra una tasa mayor a los propietarios de inmuebles de mayor valor o tamaño.
¿Qué es una exención de impuesto?
Una exención de impuesto es una disposición legal que permite a ciertas personas, organizaciones o bienes estar exentos de pagar ciertos impuestos. Esto significa que, a pesar de estar sujetos a pagar impuestos, la ley establece una excepción para aquellos que cumplen con ciertos requisitos o califican bajo ciertas condiciones establecidas.
Es importante tener en cuenta que las exenciones de impuestos no son lo mismo que las deducciones fiscales.
- Las exenciones permiten evitar el pago de impuestos
- Las deducciones permiten reducir el monto de los impuestos que una persona o entidad debe pagar.
Y hasta acá hablamos de que es el impuesto y vos seguro estás acá para saber como pagar menos o no pagar así Requisitos para tramitar la exención para jubilados y pensionados.
¿Qué es el impuesto inmobiliario de ARBA?
El impuesto inmobiliario es un tributo que se cobra a todos los propietarios de inmuebles en la provincia de Buenos Aires. Este impuesto se utiliza para financiar diferentes servicios y obras públicas.El impuesto inmobiliario en la provincia de Buenos Aires se divida en: inmobiliario básico e inmobiliario complementario
¿Quiénes pueden solicitar la exención del impuesto inmobiliario de ARBA?
Los jubilados y pensionados que sean propietarios de una única vivienda y que habiten en ella pueden solicitar la exención del impuesto inmobiliario.
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¿Qué requisitos se deben cumplir para solicitar la exención del impuesto inmobiliario de ARBA?
- Ser el jubilado/a o pensionado/a y/o su cónyuge o pareja conviviente: titular, usufructuario/a o poseedor/a de un único inmueble (vivienda) destinado a uso familiar.
- El inmueble debe ser planta urbana edificada.
- La valuación fiscal del Inmueble NO debe superar el monto que establezca las Leyes Impositivas de cada año.
- El único ingreso de los/las beneficiarios/as deberá ser haberes previsionales cuyos importes brutos, en conjunto, no superen mensualmente el monto equivalente a 2 haberes mínimos mensuales de jubilación ordinaria.
- Poseer Clave de Identificación Tributaria (CIT)
- El objeto por el cual se requiere la exención esté vinculado tributariamente a la CUIT/CUIL/CDI de el/la beneficiario/a. Podés verificar esa situación ingresando en "Autogestión".
- Identificación del objeto: número de Partido/Partida.
- Poseer correo electrónico.
- La partida debe encontrarse totalmente certificada en el Índice de titulares, independientemente del vínculo que posea en el Padrón de Responsables.
¿Cómo se puede solicitar la exención del impuesto inmobiliario de ARBA?
Para solicitar la exención del impuesto inmobiliario de ARBA, los jubilados y pensionados deben presentar una serie de documentos en las oficinas de ARBA o a través de la página web del organismo. Los documentos que se deben presentar son los siguientes:
- Formulario de solicitud de exención del impuesto inmobiliario, el cual se puede obtener en las oficinas de ARBA o a través de la página web del organismo.
- Fotocopia de la escritura de la vivienda.
- Fotocopia de la boleta del impuesto inmobiliario del periodo anterior al que se solicita la exención.
- Fotocopia del DNI del titular y del cónyuge (en caso de corresponder).
- Certificado de habilitación expedido por el municipio donde se encuentra la vivienda.
Es importante tener en cuenta que la exención del impuesto inmobiliario de ARBA debe solicitarse todos los años y que solo se aplica a la vivienda en la que el titular habita.
¿Cómo solicitar la exención del impuesto inmobiliario/ABL para jubilados y pensionados en CABA?
Los jubilados y pensionados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pueden solicitar la exención del impuesto inmobiliario/ABL si cumplen con los siguientes requisitos:
- Ser propietario y habitar la vivienda en la que solicita la exención.
- No poseer otro inmueble a su nombre.
A continuación detallo los porcentajes de exención conforme los topes establecidos:
- Tendrán 100% de exención en el pago del impuesto, los jubilados y pensionados que vivan en una propiedad, cuya valuación Fiscal (base) sea de hasta $ 75.000,00 y tengan haberes de $125.310,00
- Tendrán 75% de exención en el pago del impuesto, los jubilados y pensionados que vivan en una propiedad, Hasta + 50% Valuación Fiscal $ 75.000,00 y tengan haberes de $125.310,00
- O la alternativa para la exención del 75% es que la Valuación Fiscal (base) sea $ 75.000,00 y hasta + 50% Haberes $ 187.965,00
- Tendrán 50% de exención en el pago del impuesto, los jubilados y pensionados que vivan en una propiedad, hasta 50% + valuación Fiscal (base) de $ 112.500 y tengan haberes hasta + 50% de $187.965,00
- Tendrán 25% de exención en el pago del impuesto, los jubilados y pensionados que vivan en una propiedad, hasta 75% + valuación Fiscal (base) de $ 131.250 y tengan haberes hasta de $125.310,00
¿Qué documentos necesito para solicitar la exención del impuesto inmobiliario/ABL en CABA si soy jubilado o pensionado?
Para solicitar la exención del impuesto inmobiliario/ABL, los jubilados y pensionados deben presentar los siguientes documentos en la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP):
- Formulario de solicitud de exención del impuesto inmobiliario/ABL , el cual se puede obtener en la página web de la AGIP o en las oficinas del organismo.
- Fotocopia del DNI del titular y del cónyuge (en caso de corresponder).
- Fotocopia de la escritura de la vivienda.
- Certificado de habilitación expedido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Cuál es el plazo para solicitar la exención del impuesto inmobiliario/ABL en CABA si soy jubilado o pensionado?
El plazo para solicitar la exención del impuesto inmobiliario/ABL vence el 31 de diciembre de cada año.