SIRADIG 2024 - Régimen general vs cedular: ¿cuál usar?

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Un impuesto cedular dentro de la Ley de Ganancias, para los sueldos y las jubilaciones superiores a 15 salarios mínimos al mes (180 SMVM al año).

SIRADIG 2024 - Régimen general vs Cedular: ¿cuál usar?

Desde enero de 2024, coexisten 2 regímenes para poder hacer la presentación de las deducciones al empleador. Veamos qué es el nuevo régimen de retención cedular, cuáles son sus características y quiénes deben usarlos para reducir las retenciones de ganancias.

Empleados: retenciones del Impuesto Cedular

Aplica a los trabajadores en relación de dependencia y jubilados sujetos con mayores ingresos (y entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2024).

¿Qué es el SIRADIG?

El SiRADIG es el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias. Por medio de este servicio de AFIP, al cual se accede con clave fiscal, el empleado debe comunicar a su empleador la información de sus deducciones de ganancias. Al generar esta presentación, se genera el formulario F572 web con las deducciones que tenga y también el detalle de percepciones sufridas o ingresos de otro empleador que tuviera.

¿Cuándo hay que presentar el SIRADIG?

La presentación del SIRADIG debe hacerse antes del 31 de marzo del año siguiente al período informado. Desde el 2024 existen 2 regímenes para presentar el formulario 572:

Régimen General:

Es el de siempre y deberán utilizarlo:

Impuesto Cedular a los Mayores Ingresos:

Es el nuevo régimen vigente para aquellos empleados o jubilados con ingresos superiores a 15 salarios mínimos al mes (180 SMVM al año), deberán usar:

¿Qué deducciones admite cada régimen?

Con respecto a las deducciones del Régimen General de Ganancias, no tenemos modificaciones. Lógicamente, los valores se actualizan para cada ejercicio, pero el mecanismo de carga del formulario 572 web sigue siendo el mismo. No tienen el mínimo no imponible especial de 15 salarios mínimos.

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Ahora, el nuevo régimen de impuesto cedular a los mayores ingresos (Ley 27725) admite una única deducción como mínimo no imponible de 15 salarios mínimos mensuales (hoy $2.340.000), pero también permite deducir gastos de servicio doméstico y aportes a sociedades de garantía recíproca.

¿Cómo cargar las deducciones de Ganancias?

Si sos trabajador en relación de dependencia y tenés que presentar el formulario 572, por el servicio “Siradig-Trabajador” de la página de AFIP, para informar las deducciones mensualmente a tu empleador desde enero 2024 te vas a encontrar con dos nuevas opciones a la hora de generar un nuevo formulario:

Nota: Para poder generar la presentación y ponerla a disposición de su empleador primero tenés que estar adherido al Domicilio Fiscal Electrónico.

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SIRADIG: ¿Por qué NO se pueden deducir más cargas de familia?

Si tenés que presentar el SIRADIG por el régimen cedular, solo podés deducir:

Pero no te preocupes, este régimen es más beneficioso que el general, porque la deducción de $2.340.000 es mucho mayor que la suma de las deducciones personales (incluyendo cargas de familia) del régimen anterior y de todo lo que se podía deducir por diferentes conceptos como alquiler, gastos educativos, indumentaria y equipamiento, etc.

IMPORTANTE: si no ganás más de $2.340.000 no lo tenés que presentar el SIRADIG, solo si ganás más, haces la carga del formulario y vas a poder deducir gastos de servicio doméstico y aportes a sociedades de garantía recíproca. Es esto hasta que modifiquen la ley y cambien el sistema.

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¿Cuáles son las escalas que se aplican al impuesto Cedular?

La AFIP publicó la escala a aplicar a los los ingresos percibidos durante el mes de enero para determinar las retenciones del nuevo impuesto Cedular. Y aclaro que en los meses posteriores el importe a retener sobre los mayores ingresos acumulados al mes que se liquida, se determinará aplicando la escala acumulada al mismo mes.

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