Sociedad Anónima Unipersonal
Las SAU son sociedades de un solo socio. Enterate las ventajas de este tipo de sociedad para las pequeñas y medianas empresas.
Las SAU son sociedades de un solo socio. Enteráte las ventajas de este tipo de sociedad para las pequeñas y medianas empresas.
¿Qué es una sociedad "SAU"?
Con la reforma de la Ley de Sociedades (Ley 19.550) a través de la Ley 26.994 se hace posible crear una sociedad con un solo socio.
Esto era algo muy pedido por los emprendedores y empresarios que quería proteger su patrimonio personal, ya que en la práctica se venía implementando la figura de un socio minoritario (cuando en la realidad había un solo socio), para poder crear una sociedad.
De esta forma ahora una sola persona se puede formar una empresa: aportar bienes para la producción o intercambiar bienes o servicios.
Al ser una sociedad por acciones, los acreedores de la sociedad solo podrán reclamar hasta el límite del capital que hubiese aportado el socio para esa sociedad. En síntesis, en las SAU el socio no responde con todo su patrimonio, solo con el que aportó a la sociedad.
Características de las SAU
- Las SAU se deben constituir por insctrumento público (acto único o suscripción pública) y deben llevar la sigla "SAU" en su denominación.
- Las SAU solo pueden constituirse por otra SAU o personas humanas.
- Las SAU también podrán integrar una sociedad de responsabilidad limitada (SRL).
- La integración del capital social debe realizarse en totalidad al momento de constituirse la sociedad. No puede ser menos de $100.000.
- Los socios tienen responsabilidad limitada a la integración de las acciones suscriptas.
- Los directores deben responder en forma ilimitada y solidariamente hacia la sociedad, los accionistas y terceros por el mal desempeño de su cargo, la violación de la ley, del estatuto o del reglamento.
- En las sociedades accionarias, la transmisión de las acciones se inscribe solamente en el registro de acciones de la sociedad y en ningún registro mercantil, lo que las hace menos transparentes que las sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.)-
Directores y síndicos
La ley 27.290 reforma la ley original, exigiendo un solo director y un solo síndico para su constitución y funcionamiento. De esta forma las (SAU) se pueden utilizarse sin un incremento significativo en sus costos de funcionamiento, tal como representaba antes de la reforma el hecho de tener necesariamente como mínimo 3 directores y 3 síndicos.
Situación previsional de los administradores y accionistas:
- Directores: pagan todos; los suplentes no pagan.
- Accionistas: los rentistas no pagan.
- Síndicos: abona por la profesión (contador o abogado); pueden incorporarse en forma voluntaria.
- Integrantes del consejo de vigilancia: solo si perciben retribución.
¿En cuanto tiempo puedo crear una Sociedad Anónima unipersonal?
Desde abril de 2018 en la IGJ y en 24 hs se pueden realizar tanto las sociedades anónimas como las sociedades anónimas unipersonales (SAU), esto se suma a la opción que tienen las SRL y las SAS.
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Inscripción de una Sociedad Anónima Unipersonal
La sociedad se considerará regularmente constituida con su inscripción en el Registro Público.
Se dispone de 20 días para presentar el instrumento constitutivo para su inscripción. El plazo para completar el trámite de inscripción será de treinta (30) días adicionales, quedando prorrogado cuando resulte excedido por el normal cumplimiento de los procedimientos.
Requisitos para constituir una SAU
Para constituir una SAU en la IGJ se deberá presentar la siguiente información en la IGJ (sin turno de 8 a 9 hs) o si sos profesional matriculado en los colegios profesionales en el horario de 9:30 a 11:00 hs.
Nota: La RG (IGJ) 16/2023 establece que las figuras de SAU y SAS, no corresponden a tipos societarios que encuadren en las condiciones y características requeridas para ser inscriptos como asociaciones profesionales por contrariar el reglamento de asociaciones profesionales dictado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.
La documentación requerida para realizar el trámite es la siguiente:
- Formulario de constitución (los podes descargar de la página de la IGJ).
- Formulario 185 de la AFIP, más copia de la constancia de su presentación ante dicho organismo.
- Dictamen de precalificación profesional.
- Contrato constitutivo.
- Declaración jurada de persona expuesta políticamente.
- Acreditación de la integración del ciento por ciento (100%) de los aportes.
- Constancia de publicación de edictos.
- Documentación que acredite la constitución de la garantia de los administradores.
- Comprobante de pago de la tasa de constitución.
¿Cuál es el costo de constituir una SAU?
El costo del trámite de Constitución de una SAU depende de la urgencia. Nos detalla la IGJ:
- Trámite común: 40 módulos. Total diciembre 2023 $20.600
- Trámite urgente: 160 módulos. Total diciembre 2023 $82.400
- Trámite urgente con rúbrica de libros obligatorios: 240 módulos. Total diciembre 2023 $123.600
- Trámite urgente con rúbrica de libros obligatorios y opcionales: 280 módulos. Total diciembre 2023 $144.200