ARBA: nuevo régimen especial de regularización
ARBA lanza un nuevo régimen especial de regularización de deudas desde el 26 de octubre de 2026: descuentos de hasta el 40% y cuotas sin interés

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) implementará desde el 26 de octubre de 2026 un régimen especial para regularizar deudas tributarias con descuentos de hasta el 40% y opciones de financiación sin intereses.
La medida, establecida mediante la Resolución Normativa 23/2026, estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2026 y alcanzará a deudas correspondientes a Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotores, Embarcaciones y Sellos, según las condiciones de cada régimen.
Uno de los aspectos más importantes es que los beneficios disminuirán progresivamente según la fecha de adhesión. Por lo tanto, quienes regularicen sus deudas durante las primeras semanas podrán acceder a mayores descuentos.
¿En qué consiste el nuevo régimen especial de ARBA?
ARBA estableció condiciones extraordinarias y temporales para facilitar la cancelación de obligaciones tributarias pendientes.
En lugar de crear un sistema completamente independiente, la nueva resolución incorpora beneficios adicionales a los regímenes de regularización previstos en las Resoluciones Normativas 7/2022 y 9/2025, con sus respectivas modificaciones.
Entre sus principales beneficios se destacan:
- Descuentos de hasta el 40% para quienes cancelen la deuda en un solo pago.
- Planes de tres cuotas mensuales, sin interés de financiación y con descuentos de hasta el 20%.
- Planes de seis cuotas mensuales, sin interés de financiación y con descuentos de hasta el 15%.
- Posibilidad de regularizar determinadas deudas en instancia prejudicial, judicial o de fiscalización.
- Inclusión de obligaciones correspondientes a 2026, con las limitaciones establecidas para cada impuesto.
Importante: el descuento no puede afectar el capital original de la deuda. Esto significa que la bonificación se encuentra limitada por los intereses, multas y demás accesorios que integran el importe regularizado.
¿Qué impuestos se pueden regularizar?
El régimen está destinado a contribuyentes y responsables solidarios que registren deudas correspondientes a los siguientes impuestos provinciales:
- Ingresos Brutos: obligaciones correspondientes al régimen general, siempre que puedan incorporarse a los planes alcanzados.
- Impuesto Inmobiliario: tanto el componente básico como el complementario.
- Impuesto Automotor: deudas correspondientes a vehículos automotores.
- Embarcaciones: obligaciones vinculadas con embarcaciones deportivas o de recreación.
- Impuesto de Sellos: deudas comprendidas en los regímenes aplicables, excluyendo las obligaciones de 2026 del plan del ejercicio corriente.
¿Qué períodos de deuda están incluidos?
Según informó ARBA, podrán regularizarse las obligaciones vencidas o devengadas hasta el 31 de diciembre de 2025, incluidas aquellas que se encuentren en determinadas instancias prejudiciales, judiciales o de fiscalización.
También podrán incorporarse determinadas deudas correspondientes al ejercicio fiscal 2026, excepto las provenientes del Impuesto de Sellos.
Sin embargo, la inclusión efectiva de cada obligación dependerá de los requisitos y exclusiones previstos en las Resoluciones Normativas 7/2022 y 9/2025, según corresponda.
ARBA 2026: cronograma completo de descuentos y cuotas
Los beneficios se dividen en cuatro etapas. Cuanto antes se realice la adhesión, mayor será la bonificación.
| Fecha de adhesión | Pago al contado | 3 cuotas sin interés | 6 cuotas sin interés |
|---|---|---|---|
| 26/10 al 13/11/2026 | 40% de descuento | 20% de descuento | 15% de descuento |
| 14/11 al 27/11/2026 | 35% de descuento | 15% de descuento | 10% de descuento |
| 28/11 al 11/12/2026 | 30% de descuento | 10% de descuento | 5% de descuento |
| 12/12 al 31/12/2026 | 30% de descuento | No disponible con beneficio especial | No disponible con beneficio especial |
Atención: las opciones de tres y seis cuotas previstas en este régimen son mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses de financiación.
A partir del 12 de diciembre y hasta el 31 de diciembre, la modalidad especial de regularización contempla únicamente el descuento del 30% para pago al contado.
¿Cómo se aplica el descuento del 40%?
Es importante comprender que el porcentaje de descuento se calcula sobre el monto total del acogimiento, pero la reducción nunca puede disminuir el capital original adeudado.
Ejemplo práctico
Supongamos que un contribuyente tiene la siguiente deuda:
- Capital original: $100.000.
- Intereses y accesorios: $80.000.
- Deuda total: $180.000.
Si se adhiere entre el 26 de octubre y el 13 de noviembre de 2026 y elige cancelar en un solo pago, podrá acceder al descuento del 40%.
- Deuda consolidada: $180.000.
- Descuento del 40%: $72.000.
- Total a pagar: $108.000.
- Ahorro obtenido: $72.000.
En este ejemplo, el descuento puede aplicarse íntegramente porque el importe resultante no es inferior al capital original de $100.000.
En cambio, si el capital fuera de $100.000 y los intereses de solamente $20.000, no correspondería aplicar una reducción efectiva de $48.000, porque el importe a pagar quedaría por debajo del capital original.
En ese supuesto, la bonificación quedaría limitada a $20.000 y el contribuyente debería cancelar, como mínimo, los $100.000 de capital.
Los ejemplos son ilustrativos. El importe definitivo debe surgir de la liquidación que realice ARBA.
¿Conviene pagar al contado o adherirse a un plan de cuotas?
La decisión dependerá principalmente del monto adeudado, de la capacidad financiera y del descuento que se pueda aprovechar.
Opción 1: pago al contado
Es la alternativa que permite acceder a las mayores bonificaciones. Durante la primera etapa, el descuento puede alcanzar el 40%.
Puede resultar conveniente para contribuyentes que disponen de los fondos necesarios y desean cancelar definitivamente sus obligaciones.
Opción 2: tres cuotas sin interés
Permite distribuir la deuda en tres pagos mensuales, iguales y consecutivos, sin agregar intereses de financiación.
Entre el 26 de octubre y el 13 de noviembre, esta modalidad ofrece una reducción de hasta el 20%, siempre respetando el capital de la deuda.
Opción 3: seis cuotas sin interés
Resulta una alternativa para quienes necesitan distribuir el pago durante un plazo mayor.
En la primera etapa, permite acceder a una reducción de hasta el 15%.
Aunque el descuento es menor que el ofrecido para el pago al contado o en tres cuotas, puede ser conveniente si el contribuyente necesita preservar liquidez.
¿Qué sucede si se necesitan más de seis cuotas?
Los contribuyentes que necesiten una financiación más extensa podrán analizar las alternativas de los planes habituales de ARBA, que contemplan mayores plazos de cancelación.
Sin embargo, no debe suponerse que las modalidades de mayor plazo mantienen los descuentos especiales de la RN 23/2026. Será necesario comparar los intereses de financiación, las cuotas disponibles y el costo total de cada alternativa.
¿Los monotributistas pueden acceder al nuevo régimen?
Este es uno de los puntos que requiere especial atención.
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El régimen especial corresponde a ARBA, organismo recaudador de la Provincia de Buenos Aires, y no a ARCA, que administra el Monotributo nacional.
Por lo tanto, no permite regularizar las cuotas nacionales adeudadas del Monotributo.
Además, las deudas correspondientes al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires se encuentran excluidas de los regímenes generales de regularización sobre los cuales se aplican estos beneficios.
En consecuencia, quienes estén adheridos al Monotributo Unificado no deben asumir que podrán incluir automáticamente sus obligaciones del componente simplificado de Ingresos Brutos en este plan especial.
Para estos casos, corresponde consultar las alternativas de pago específicamente habilitadas para el régimen simplificado.
Distinta es la situación de un monotributista que, por ejemplo, registra una deuda del Impuesto Inmobiliario o Automotor. Esas obligaciones podrían acceder a los beneficios, siempre que cumplan los requisitos aplicables.
¿Se pueden incluir deudas judiciales o planes de pago caducos?
Sí, determinadas obligaciones que se encuentran en instancia de ejecución judicial o que provienen de planes de pago caducos pueden regularizarse bajo los regímenes alcanzados por la nueva resolución.
No obstante, es fundamental verificar las condiciones particulares de cada situación.
Para los planes caducos existen límites específicos sobre el importe mínimo que debe regularizarse, de manera que los descuentos no pueden reducir la obligación por debajo de los valores establecidos por la normativa.
Si la deuda se encuentra judicializada, también corresponde analizar las costas y los honorarios asociados al proceso, así como los requisitos propios del régimen aplicable.
No todas las obligaciones están comprendidas. Por ejemplo, las deudas de agentes de recaudación por retenciones o percepciones realizadas y no ingresadas no deben confundirse con las deudas comunes del contribuyente.
¿Cómo adherirse al régimen especial de ARBA?
La adhesión estará disponible desde el 26 de octubre de 2026 a través de la página oficial de ARBA.
- Ingresar al sitio oficial: acceder a www.arba.gov.ar.
- Seleccionar la sección de planes de pago: ingresar en Planes de Pago y acceder a la opción correspondiente al impuesto que se desea regularizar.
- Identificarse: cuando el sistema lo solicite, ingresar con CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT).
- Consultar la deuda: verificar los períodos, conceptos e importes pendientes. En el caso de Ingresos Brutos, deberán encontrarse presentadas las declaraciones juradas correspondientes a los períodos que se pretenden incorporar.
- Seleccionar las obligaciones: identificar las deudas que pueden incluirse de acuerdo con la normativa aplicable.
- Elegir la modalidad de pago: comparar el pago al contado con las alternativas de tres o seis cuotas y sus respectivas bonificaciones.
- Confirmar el acogimiento: verificar la liquidación, formalizar el plan y obtener las boletas o instrucciones para efectuar el pago.
Antes de confirmar la operación es importante verificar que el sistema esté aplicando el beneficio correspondiente a la fecha de acogimiento y al tipo de deuda seleccionado.
Plazo para pagar al contado: atención a los cinco días
La Resolución Normativa 23/2026 establece una regla específica para las liquidaciones correspondientes al pago total de la deuda.
Para obtener el descuento, la liquidación debe generarse dentro del período al que corresponde la bonificación.
Una vez emitida, el vencimiento para abonar el pago único se produce a los cinco días corridos desde la fecha de emisión.
Por ejemplo, si se genera una liquidación durante la primera etapa del régimen, debe respetarse su vencimiento para conservar las condiciones correspondientes.
Por eso, no es recomendable confeccionar una liquidación sin tener previsto cómo se realizará el pago.
¿Qué relación tiene este régimen con los descuentos impositivos de 2027?
ARBA informó que la implementación del régimen especial busca facilitar la regularización de obligaciones antes del cierre del ejercicio 2026.
Según la comunicación oficial del organismo, para acceder a las bonificaciones y descuentos impositivos previstos para 2027 será necesario no registrar deudas con el fisco provincial.
Esto agrega un incentivo para que los contribuyentes revisen su situación antes de finalizar el año.
De todos modos, habrá que verificar las condiciones específicas de cada beneficio de 2027 y cómo se considera la situación de quienes mantengan planes de regularización vigentes y al día.
¿Qué sucede si no se regulariza la deuda antes del 31 de diciembre?
La finalización de este régimen especial no significa necesariamente que desaparezcan todas las alternativas de financiación.
ARBA mantiene regímenes de regularización de carácter permanente que pueden utilizarse de acuerdo con las condiciones de cada impuesto y situación fiscal.
Sin embargo, una vez finalizada la vigencia de la RN 23/2026, ya no corresponderán los descuentos extraordinarios establecidos por esa resolución, salvo que posteriormente se disponga una prórroga o una nueva medida.
Además, las obligaciones impagas continúan generando los intereses y las consecuencias previstas en el Código Fiscal.
Conclusión: ¿conviene aprovechar el nuevo plan especial de ARBA?
El nuevo régimen representa una oportunidad para regularizar determinadas deudas provinciales con reducciones importantes y opciones de pago sin intereses de financiación.
El período más beneficioso será del 26 de octubre al 13 de noviembre de 2026, cuando podrán obtenerse descuentos de hasta el 40% para pagos al contado, el 20% en tres cuotas o el 15% en seis cuotas.
Sin embargo, antes de adherirse conviene analizar:
- Si el impuesto y los períodos adeudados están comprendidos.
- Cuánto corresponde a capital y cuánto a intereses y accesorios.
- Cuál es el descuento efectivo que permite aplicar el sistema.
- Si resulta conveniente cancelar al contado o financiar la deuda.
- Si existen planes caducos, fiscalizaciones o procesos judiciales.
- Si se cuenta con capacidad de pago para cumplir el plan y evitar su caducidad.
La recomendación es revisar la situación tributaria en ARBA, comparar las distintas modalidades y efectuar la adhesión antes de que disminuyan los porcentajes de descuento.
Normativa y fuentes oficiales
- Resolución Normativa ARBA 23/2026 – Régimen especial de regularización
- ARBA – Comunicado oficial sobre el nuevo plan excepcional
- Resolución Normativa ARBA 7/2022 – Régimen permanente de regularización
- Resolución Normativa ARBA 9/2025 – Régimen de deudas del ejercicio corriente
- ARBA – Planes de pago disponibles
Información actualizada al 25 de octubre de 2026. El régimen entra en vigencia el 26 de octubre de 2026. Las condiciones particulares deberán verificarse en el sistema de ARBA al momento de formalizar la adhesión.
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