¿Cómo salir del padrón de retenciones de ARBA?
¿ARBA te retiene cada vez que ingresa un pago en tu cuenta?. Aquí encontrarás el paso a paso para que no retengan más. Guia para salir del padrón.
Si realizas una actividad exenta en Ingresos Brutos, por ejemplo si haces exportaciones de servicios, sos programador, diseñador, traductor etc y solo haces trabajos para empresas del exterior, vas a poder presentar una solicitud para salir del padrón de retenciones de ARBA. Veámos paso a paso cómo tener que hacer la solicitud.
¿Por qué me retiene ARBA ?
Si cobrás tus trabajos a través de una cuenta bancaria habrás notado que luego de cada depósito/ transferencia que se acredita, aparece un concepto de retención por el cual se te descuenta un porcentaje del dinero que ingresó.
Esta operatoria es normal y está permitida por la ley, cuando los contribuyentes:
- Están inscriptos en el impuesto a los Ingresos Brutos como contribuyente local de la provincia de Buenos Aires o tienen incorporada la jurisdicción de Buenos Aires en el régimen de Convenio Multilateral.
- No están inscriptos en el impuesto a los Ingresos Brutos, pero realizan ventas de productos o servicios con clientes de la provincia de Buenos Aires.
- Están inscriptos en el impuesto a los Ingresos Brutos, pero en otra provincia. ARBA te retiene por el simple hecho de “no figurar en padrón”.
Las alícuotas de retención varían en función de las situaciones anteriores entre otras cosas.
¿Cuándo no corresponde retención de ARBA?
Cuando se desarrolla una actividad exenta o no gravada en un 100%, como por ejemplo la exportación de servicios. En este caso no se requiere inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos, ni ARBA debe incluir al contribuyente en ningunos de sus padrones de retención y percepción.
Ojo! Si realizas exportaciones de servicios y también tenes clientes en Argentina sí corresponde la inscripción en el impuesto y el pago del mismo, por las ventas que se hagan en Argentina.
Si recibiste una intimación de ARBA, tenes que que responderla justificando la falta de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos o procediendo a la inscripción retroactiva, dependiendo el caso.
¿Cuáles son las actividades no gravadas?
Las actividades no gravadas o no alcanzadas por el Impuesto a los Ingresos Brutos y por la cuales se puede hacer la presentación para salir del padrón de retenciones de ARBA son:
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- El transporte internacional de pasajeros y/o cargas.
- Las exportaciones de servicios y/o mercaderías.
- Los servicios prestados como miembros de de Directorios y Consejos de Vigilancia.
- Las actividades de sujetos radicados en zonas francas
¿Cómo hacer para que ARBA no me retenga?
Desde enero del 2020 se puede realizar una presentación voluntaria vía web, para solicitar salir del padrón de retenciones de ARBA ( “con alícuota 0” en el padrón).
- Ingresás en la web de ARBA.
- Hacés clic en la opción de “Trámites” del menú superior y luego en “Ingresos Brutos”.
- Buscás el trámite “Solicitud de Incorporación al Padrón con Alícuota de 0%” y haces clic en la actividad no gravada o no alcanzada que realizás, por ejemplo: "Actividad exclusiva de exportación de servicios"
- Completás: nombre, CUIT, correo electrónico y teléfono.
- Adjuntás una nota detallando la actividad que desarrollas y la documentación correspondiente, la cual varía según la actividad.
Nota: para realizar este trámite no deberás registrar inscripción activa como contribuyente en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Información hay que presentar para no sufrir retenciones de ARBA
1) Transporte internacional de pasajeros y/o cargas:
- Nota explicando detalladamente la actividad que desarrollas.
- Estatuto/Contrato social/Acta de constitución.
- Último balance cerrado.
- Mencionar el acuerdo bilateral o convenio entre el Estado Argentino y el país de origen para evitar la doble imposición (número de Ley).
2) Exportaciones de mercaderías y/o servicios a terceros países:
- Nota explicando detalladamente la actividad desarrollada.
- Estatuto/Contrato social (solo personas jurídicas).
- Último balance cerrado (solo personas jurídicas).
- Facturas correlativas del mes anterior al mes de la solicitud.
- Detalle de los puntos de venta AFIP.
3) Actividades de Directorios y Consejos de Vigilancia:
- Estatuto Social de la firma en la que cumple sus funciones.
- Acta de asamblea de accionistas donde conste la designación como Director.
- Comprobantes por el pago de Honorarios correspondiente a los últimos tres meses anteriores a la solicitud.
- Registro contable correspondiente al pago de los Honorarios.
- Nota con el carácter de declaración jurada donde se manifieste que no realiza otras actividades económicas.
4) Actividades de sujetos radicados en las zonas francas:
- Nota explicando detalladamente su actividad.
- Estatuto/Contrato social (solo personas jurídicas).
- Último balance cerrado (solo personas jurídicas).
- Disposición emitida por el Ministerio de Producción mediante el cual se reconoce la calidad de usuario de Zona Franca.
- Contrato de locación con anexos, respecto de cada uno de los lotes arendados.
- Certificado de habilitación.
- Facturas correlativas del mes anterior al mes de la solicitud.
¿Cuándo me entero de la exclusión del padrón de ARBA?
ARBA confirmará o rechazará el trámite realizado dentro del plazo de diez (10) días hábiles administrativos contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
Confirmado el trámite ARBA no te sacará del padrón, sino que ahora aparecerás con un alícuota de retención y/o percepción del 0%.