Reducción de alícuota ingresos brutos ARBA
¿Sufrís retenciones?. ¿Acumulás saldo a favor en Ingresos Brutos?. Enterate cuándo y cómo pedir la reducción de alícuota de Ingresos Brutos de ARBA.
¿Sufrís retenciones?. ¿Acumulás saldo a favor en Ingresos Brutos?. Mira los ejemplos y enterate cuándo y cómo pedir la adecuación y reducción de alícuota de Ingresos Brutos de ARBA.
¿Qué son los padrones de ARBA?
Son registros mensuales que elabora Rentas de la provincia de Buenos Aires, en función de determinadas característica de los contribuyentes.
ARBA determina para cada contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, una de alícuota que el agente de retención y percepción aplicará en cada transacción comercial que realice con el contribuyente en cuestión.
Retenciones ARBA
Si todos los meses sufrís muchas de retenciones y percepciones ,ya sea de SIRCREB, tus proveedores o clientes y esto hace que tu saldo a favor de Ingresos Brutos aumente y aumente, podés:
- Solicitar la devolución del saldo a favor.
- Solicitar una reducción de las alícuotas que te aplican.
- Solicitar la exclusión del padrón.
Para la primera opción te invito a leer el siguiente artículo: Devolución saldo a favor Ingresos Brutos ARBA.
Para los otros casos se puede solicitar una adecuación de alícuotas.
Adecuación de alícuotas ARBA: requisitos
Podrás solicitar una revisión y reducción de alícuota ingresos brutos de ARBA, cuando cumplas con los siguientes requisitos:
- Estés inscrito en el impuesto sobre los Ingresos Brutos por la Buenos Aires.
- No adeudes Declaraciones Juradas.
- Acreditar los saldos a favor. Y para ello tenés que presentar saldo a favor en las últimas 3 declaraciones juradas y mostrar que la sumatoria de la diferencia entre el impuesto declarado y los importes retenidos o percibidos, supere en dos veces al promedio del impuesto declarado.
- Tenés que tener Clave CIT.
Existen dos sistemas:
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Reducción de alícuotas en forma total o parcial
- Reducción total o parcial de las alícuotas de retención y/o percepción.
- Aplicable a Régimen general y régimen especial de retención y percepción, como así también al régimen de retenciones bancarias.
- Se aplicará cuando cuando la sumatoria de la diferencia entre los importes retenidos y/o percibidos, y el impuesto declarado por el contribuyente en los 3 meses vencidos al mes anterior al de la solicitud, supere en 2 veces el promedio mensual del impuesto declarado en dicho período.
- El sistema calculará un coeficiente que surge de la relación entre el promedio del impuesto y la sumatoria de las diferencias.
Atenuación de alícuotas para regímenes generales de recaudación
- Atenuación de alícuotas para regímenes generales de recaudación.
- Aplicable a Régimen general de retención y percepción.
- Se podrá aplicar por defecto, cuando no es posible aplicar la Alternativa Nº 1.
Nota: una vez aceptada por ARBA la reducción o atenuación, no se admitirá (por el término de su vigencia) la procedencia de otro de los beneficios dispuestos por la RN (ARBA) 64/2010.
Veámos un ejemplo sencillo:
- Período marzo -- Retención/Percepciones: $1.000 -- Impuesto determinado: $900
- Período febrero -- Retención/Percepciones: $3.000 -- Impuesto determinado: $1.100
- Período abril -- Retención/Percepciones: $5.000 -- Impuesto determinado: $400
Sumatoria diferencias: $6.600
Promedio del impuesto: $800
Entonces dividimos $6.600 por los $800 y obtenemos un coeficiente de 8,25. Como es mayor a 2, podremos solicitar la “Reducción de alícuotas”.
Si hubiesemos obtenido un coeficiente entre 0 y 2, podríamos continuar el trámite para la “Atenuación de las alícuotas dispuestas para los regímenes Generales”.
No podremos continuar el trámite, si obtenemos un coeficiente menor a cero. El sistema nos dirá que “No se cumplen los requisitos establecidos en la Resolución Normativa 64/2010”.
Paso a paso cómo solicitar la atenuación de alícuotas de Arba por acumulación saldo a favor
- Ingresar en el apartado “Ingresos Brutos”-“Trámites” del menú por impuestos de la web de ARBA.
- Hacer clic en “Solicitud de adecuación de alícuotas de recaudación”.
- Clic en “Solicitud”.
- Ingresar con CUIT y Clave CIT.
- Hacer clic en “Generar”-“Solicitud de adecuación de alícuotas”.
- El sistema calculará el coeficiente que surge de la relación entre el promedio del impuesto y la sumatoria de las diferencias (ver ejemplo más arriba).
- Luego se deberá transmitir, con carácter de declaración jurada, los siguientes datos:
- Nombre y apellido o razón social.
- Motivo por el cual se solicita la reducción de las alícuotas.
- Completar los datos del trimestre a cargar: datos de clientes, proveedores, actividad, datos comerciales, datos de depósitos, entre otros. - Una ves finalizada la carga de los tres períodos, los mismo se deben mostrar con estado “Cerrado”. Se debe completar los datos de la sección “Total país” y “Enviar Solicitud”.
- Se te mostrará un número de solicitud para que puedas seguir el trámite.
Recomendación: tené todos los resúmenes bancarios y facturas a mano, para realizar el trámite. ARBA puede solicitar más información antes de otorgar o denegar la adecuación.