SIRCAR (Sistema de Recaudación y Control de Agentes)
Sistema web que utilizan los agentes de retención y percepción de Ingresos Brutos para la presentación de las Declaraciones Juradas mensuales o quincenales.
¿Qué es el SIRCAR?
Es un sistema que utilizan los agentes de retención y percepción de Ingresos Brutos, que tributan por el régimen de Convenio Multilateral o son contribuyentes locales, para la presentación de las Declaraciones Juradas. Este sistema permite generar y presentar en una sola DDJJ todas las retenciones y percepciones que se hayan practicado en las distintas jurisdicciones. Las presentaciones y pagos pueden ser mensuales o quincenales dependiendo la jurisdicción
¿Quiénes deben realizar presentaciones del SIRCAR?
Aquellos agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos, que sean designados por las jurisdicciones adheridas al régimen o que tramiten su adhesión al Sistema voluntariamente. Al darse de alta en el sistema, el Agente será incorporado en aquellas Jurisdicciones que seleccione, aparecerán en el sistema las jurisdicciones en las que está inscripto en el Padrón Web (para el caso de los contribuyentes de Convenio Multilateral), o la de la jurisdicción donde posea Domicilio Fiscal en AFIP (para el caso de los contribuyentes locales o directos de Ingresos Brutos).
Jurisdicciones adheridas al SIRCAR
Utilizan la modalidad mensual de presentación y pago las provincias de:
- Catamarca
- Corrientes
- Chaco
- Entre Ríos
- Formosa
- Jujuy
- La Pampa
- La Rioja
- Mendoza
- Misiones
- Neuquén
- Río Negro
- Salta
- San Juan
- San Luis
- Santa Cruz
- Santiago del Estero
- Tierra del Fuego
La modalidad quincenal se aplica a:
- Córdoba
- Chubut
- Santa Fe
No están adheridas al régimen de SIRCAR las provincias de: Ciudad de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires, esto quiere decir que si sos agente de retención y/o percepción de ingresos brutos por alguna de estas provincias, debés realizar las presentaciones de las DDJJ por las respectivas páginas webs de las jurisdicciones.
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Importante: todas las presentaciones de SIRCAR tiene la misma fecha de vencimiento, pero si sos agente de retención de CABA o de Bs. As., no te olvides de revisar en que fecha están venciendo.
Presentación de la DDJJ
Los agentes deberán hacer presentaciones y pagos quincenalmente o mensualmente según corresponda y en tantas Declaraciones Juradas como Jurisdicciones revista el carácter de Agente. Esto implica que cada Declaración Jurada contiene los movimientos correspondientes a una Jurisdicción, en particular de Retenciones y Percepciones efectuadas, conforme a los regímenes dictados por cada Fisco.
El Sistema no determina que el “contribuyente” es “agente” de la jurisdicción donde tiene actividad, es obligación del contribuyente informarse en las jurisdicciones respectivas si corresponde inscribirse o no.
Uso del sistema
- Ingresar en la web de AFIP con CUIT y Clave Fiscal del contribuyente.
- Incorporar el servicio "Comisión Arbitral – SIRCAR".
- Ingresar al servicio, incorporar las jurisdicciones y hacer clic en la opción del menú indicada con la leyenda DDJJ, y luego Presentar DDJJ.
- En el paso 1 – Datos de Cabecera completar: Tipo de Adhesión (Régimen de retención o percepción), la Jurisdicción (las que están activas porque ya es agente), y el Período (Año, Mes, Tramo mensual o quincenal).
- En el paso 2 – Datos del Archivo de Detalle: se solicita completar la cantidad de movimientos y el monto determinado por detalle de la DDJJ, y subir el archivo adjunto (formato txt o zip).
- En el paso 3 se solicitan los importes adicionales que pueda necesitar cargar, tales como:montos de Intereses, Saldo a Favor del Agente de períodos anteriores o de otros conceptos, y Saldo a Favor del Fisco
- Una vez que el Sistema valida que todos los datos ingresados son correctos de acuerdo al archivo con el detalle adjunto, se muestra una pantalla resumen donde se le solicita al Agente la confirmación de la operación que va a realizar.
- El Sistema permite generar de forma separada las boletas de pago para Retenciones y para Percepciones, pero a la vez es una ÚNICA boleta de pago para todas las jurisdicciones en cada uno de esos conceptos. También se generan de forma separada si el tramo es quincenal o mensual.
- Para generar la Boleta de Pago, deberá acceder a la opción del menú indicada con la leyenda Boleta de Pago.
¿Cómo pago el SIRCAR?
El pago del SIRCAR, se puede realizar mediante:
- El servicio “Pagos BtoB” de Interbanking S.A. (RG 1 y 4/2012).
- El servicio “Bancor Pagos” del Banco de la Provincia de Córdoba S.A. (RG 3/2021).