Impuesto al cheque: Exención para monotributistas

artículosMonotributo

Cómo hacer la inscripción en el “Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias”.

¿Qué es la Ley N° 25.413?

La Ley N° 25.413, sancionada en el año 2001, estableció el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias (conocido como "Impuesto al Cheque"). Este tributo grava las operaciones de depósito, pago o acreditación en cuentas bancarias y otras operatorias, con una alícuota del 0,6% a cargo del depositante o transferente.

¿Qué es la RG 3900?

En 2016, la AFIP creó la Resolución General 3900, que estableció el "Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias". Este registro tiene como objetivo identificar a las personas y empresas que acceden a beneficios fiscales en el pago del Impuesto al Cheque.

¿Quiénes pueden acceder a beneficios fiscales en el pago del Impuesto al Cheque?

Entre los beneficiarios de este régimen se encuentran las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), que pueden acceder a una alícuota reducida del 0,25% en el caso de depósitos en efectivo en cuentas bancarias. Además, las entidades sin fines de lucro, cooperativas y mutuales pueden acceder a una exención total del impuesto en ciertos casos.

¿Por qué se creó el Impuesto al Cheque?

El objetivo de este impuesto es recaudar fondos para financiar el gasto público y reducir la evasión fiscal en el país. Según datos de la AFIP, en 2020 se recaudaron más de 400 mil millones de pesos por este concepto.

Monotributo y la exención del Impuesto al Cheque

Los monotributistas que usen cuentas corrientes pueden pedir la exención del impuesto al cheque. Este beneficio es para todos los monotributistas que realicen el siguiente trámite, por el cual dejarán de pagar la alícuota especial de 0,25 por ciento.

Curso: PRIMEROS PASOS COMO CONTADOR INDEPENDIENTE

¡¡¡ÚLTIMOS DÍAS PARA INGRESAR A PRECIO ESPECIAL!!!
10% de DESCUENTO y 3 CUOTAS SIN INTERÉS

QUIERO TOMAR EL CURSO

En una situación hipotética donde cobras tus ventas a través de un Posnet conectado a tu caja de ahorro, deberías evaluar cuidadosamente la relación costo-beneficio. Habría que considerar si te conviene abrir una cuenta corriente, a pesar del costo de mantenimiento y otros gastos asociados, pero que te permitiría solicitar que no se te aplique el impuesto a los débitos y créditos. La alternativa sería seguir utilizando la caja de ahorro, pero en ese caso perderías el dinero que representa ese impuesto.

Es importante analizar los costos y beneficios de cada opción para determinar cuál es la mejor alternativa para tu negocio a largo plazo. Factores como el volumen de ventas, los costos operativos y el impacto del impuesto a los débitos y créditos deben ser evaluados en detalle antes de tomar una decisión.

Paso a paso para tramitar la exención del impuesto al cheque

Los Monotributistas pueden acceder a la exención del Impuesto al Cheque a través de un trámite ante la AFIP. A continuación, les explico los pasos a seguir para realizar este trámite:

  1. Ingresar al sitio web de la AFIP y acceder con la Clave Fiscal.
  2. Ir al servicio: "Registro de Beneficios Fiscales Imp. s/Créditos y Débitos".
  3. Seleccioná tu nombre o la Razón Social de la mepresa para acceder a la consulta CBU/ Beneficio.
  4. Dentro del menú seleccioná la opción "Alta CBU/ Beneficio".
  5. El sistema te mostrará una pantalla donde deberás ingresar tu CBU. Del listado con los diferentes beneficios disponibles, tendrás que seleccionar el beneficio que corresponda. Presioná sobre el botón Generar Solicitud de alta CBU/ Beneficio, para realizar la solicitud.

Si no solicitás la exención del impuesto a los débitos y créditos, seguirás sufriendo retenciones por cada transacción realizada en tu cuenta corriente bancaria. En ese caso, se te aplicará la alícuota correspondiente a dicho impuesto en cada operación, sin poder evitar ese cargo.

Tu situación actual respecto al impuesto a los débitos y créditos no se modificaría si no tramitas la exención. Continuarías abonando ese gravamen en cada movimiento de tu cuenta corriente.

Entradas relacionadas

Suscribite a mi newsletter
¿Sos contador?
Si sos contador y querés mantenerte actualizado suscribite a mi newsletter, te brindaré herramientas para trabajar con tus clientes entre otras cosas.