De Responsable Inscripto a Monotributo: recategorización
¿Pasaste de Responsable Inscripto a Monotributo? Te explicamos qué ingresos se toman para la recategorización y cómo se aplica la ley en estos casos.

Monotributista que era Responsable Inscripto: ¿Qué ingresos se toman para la recategorización?
Si sos o tenés un cliente que pasó de ser Responsable Inscripto (RI) a monotributista, seguramente te estés preguntando qué ingresos se toman en cuenta para la recategorización. Este es un tema que puede generar dudas, pero acá te lo explico de manera clara y sencilla.
¿Cómo se calculan los ingresos para la recategorización?
Imaginemos este caso: un cliente que hasta septiembre de 2024 era Responsable Inscripto, pero a partir de octubre de 2024 se pasó al Monotributo porque sus ingresos le permitieron encuadrarse en la categoría H. Ahora, para la recategorización, ¿qué ingresos se deben considerar?
Opción 1: Anualizar los ingresos como Monotributista
Una opción es tomar solo los ingresos obtenidos desde que se pasó al Monotributo. Es decir, sumar los ingresos desde octubre de 2024 hasta junio de 2025, dividirlos por 9 (meses) y multiplicarlos por 12 para anualizarlos. Esto sería válido si consideramos que el cambio de RI a Monotributo es un inicio de actividad.
Opción 2: Tomar los últimos 12 meses de ingresos
Otra interpretación es que, al tener ingresos anteriores (incluso como RI), se deben tomar los últimos 12 meses completos para recategorizar. Esto incluiría los ingresos obtenidos como RI y como Monotributista.
¿Qué dice la ley al respecto?
Para resolver esta duda, es clave revisar los artículos 12, 13 y 14 del Capítulo III de la Ley del Monotributo, que hablan sobre el inicio de actividades y la recategorización.
Artículo 12: Inicio de actividades
Este artículo establece que, en caso de inicio de actividades, el pequeño contribuyente debe encuadrarse en una categoría según sus ingresos y otros parámetros. Luego de 6 meses, debe anualizar los ingresos para confirmar o ajustar su categoría.
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Artículo 13: Adhesión al Monotributo después del inicio de actividades
Si el contribuyente se adhiere al Monotributo después de haber iniciado actividades, pero antes de cumplir 12 meses, debe anualizar los ingresos brutos y la energía eléctrica consumida en el período anterior a la adhesión. Si ya pasaron 12 meses o más, se consideran los ingresos de los últimos 12 meses.
Artículo 14: Sustitución de actividades
Si el monotributista cambia de actividad, se aplican las mismas reglas que para el inicio de actividades.
¿Cuál es la interpretación correcta?
En opinión de ARCA, si el contribuyente ya tenía ingresos como RI durante más de 12 meses antes de pasarse al Monotributo, se deben tomar los ingresos de los últimos 12 meses (incluyendo los períodos como RI). Esto significa que, para recategorizar, se suman los ingresos brutos de los últimos 12 meses, incluyendo el IVA facturado como RI.
¿Por qué?
Porque si para determinar si el contribuyente podía pasarse al Monotributo se tomaron en cuenta sus ingresos como RI, esos mismos ingresos deben seguir considerándose hasta que cumpla 12 meses facturando como Monotributista.
En resumen, si tu cliente pasó de ser RI a Monotributista y ya tenía más de 12 meses de ingresos, para la recategorización debés considerar los ingresos de los últimos 12 meses, incluyendo los obtenidos como RI. Esto asegura que la recategorización sea justa y acorde a la normativa vigente.