Monotributo: reingreso excluidos 2024
¿Cuánto tiempo tiene que pasar para volver al monotributo? ¿Cómo hago para volver? Los excluidos entre el 1/1 y el 31/7 podrán solicitar el reingreso.
Reingreso al Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes
La Ley Nº 27.743 de " Medidas Fiscales Paliativas Y Relevantes" habilitó el reingreso de los pequeños contribuyentes que hubieran quedado excluidos de pleno derecho del Monotributo desde el 1° de enero de 2024 por aplicación de los referidos parámetros existentes con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley. Estos contribuyentes van a poder volver sin tener que aguardar el plazo de 3 años, en la medida que reúnan los requisitos subjetivos y objetivos exigidos para adherir al régimen.
¿Quiénes pueden volver al Monotributo?
Los contribuyentesque hubiesen resultado excluidos del Régimen Simplificado por haber superado los parámetros vigentes con anterioridad a la vigencia de la Ley N° 27.743 de:
- Precio máximo unitario de venta
- Ingresos brutos anuales
- Montos de alquileres devengados anualmente
O que hubiesen renunciado al Monotributo con el fin de solicitar el alta en el Régimen General, en ambos casos, con efectos a partir del 1° de enero de 2024 y hasta el 31 de julio de 2024, ambas fechas inclusive.
Nota: Podrán optar por volver al Monotributo sin tener que esperar 3 años que es lo que establece la norma general para estos casos.
¿Hasta cuándo se puede hacer el pedido para reingresar al Monotributo?
Podrá efectuarse hasta el día 30 de septiembre de 2024, inclusive, con efecto desde el primer día del mes inmediato siguiente al de la presentación de la solicitud de adhesión, a través del portal "Monotributo".
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Simplemente ingresás al portal y realizas el ALTA DEL MONOTRIBUTO. Darse de alta en el Monotributo es simple.
Nota: El límite de tiempo para reinscribirse es para los contribuyentes que fueron excluidos o renunciario en el lapso de tiempo que detallamos: 01/01/2024 a 31/07/2024. Pero es importante aclarar que cualquier contribuyente que se encuentre hace más de 3 años en el Régimen General y que cumplan con los requisitos de factuación máxima (más abajo en este artículo se datalla), podrá reingresar al Monotributo si lo desea y sin límite de tiempo.
Para hacerlo necesitás:
- Una estimación de la facturación anual esperada y -si tenés o tendrás local- su superficie y monto de alquiler.
- El nombre de la obra social a la que querés aportar (puede ser la tuya actual si tuvieras, o la de tu cónyuge si la tuviera).
- Si sos jubilada/o, número de ley con la que te jubilaste (si no lo sabés, podés averiguarlo en cualquier agencia de ANSES).
El trámite durará 15 minutos aproximadamente.
Resumiendo...
¿Quiénes más pueden volver al Monotributo?
- Si se autoexcluyó desde el 1/1/2024 puede volver
- Si lo excluyó AFIP desde el 1/1/2024 puede volver
- Si renunció desde el 1/1/2024 puede volver
- Si se quedó en el Monotributo y la causal de exclusión tuvo lugar desde el 1/1/2024, puede volver.
- Si ya pasaron 3 años calendarios desde que renunció, lo excluyeron se excluyó, puede volver. Es decir, alguna de estas situaciones se tiene que haber dado antes del 31/12/2020
Para reingresar al Monotributo los contribuyentes deben haber tenido ingresos menos a $68.000.000 en el 2023, para calcular esto, se deben sumar los ingresos con IVA Art 10 Decreto del anexo de la ley 24.977 dice:ART. 10. - El ingreso bruto a que se refiere el "Anexo" comprende, en caso de corresponder, a los impuestos nacionales, excepto los que se indican a continuación:
- Impuesto interno a los cigarrillos, regulado por el Artículo 15 de la Ley Nº 24.674 y sus modificaciones.
- Impuesto adicional de emergencia a los cigarrillos, establecido por la Ley Nº 24.625 y sus modificaciones.
- Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, previstos en la Ley N° 23.966, Título III, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.
¿Quénes NO pueden volver al monotributo?
- Si renunció, lo excluyeron o se excluyó entre el 1/1/2021 y el 31/12/2023, no va a poder volver ahora, tiene que esperar 3 o 4 años, dependiendo si uso de los beneficios de transición, para poder volver al Monotributo.
- Tampoco podrán volver, los que se mantuvieron en el Monotributo, pero que quedaron excluidos por una causal antes del 1/1/2024, por más que la notificación de exclusión se haya producido este año.