Declaración Jurada de Salud - Monotributistas y autónomos

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¿Qué es la Declaración Jurada de Salud (Decreto 300/97) en ANSES?. Trámite OBLIGATORIO para monotributistas y autónomos.

Declaración Decreto 300/97

La presentación de la Declaración Jurada de Salud (Decreto 300/97) se hace con el fin de informar si presentas o no alguna incapacidad, que sea incompatible con la afiliación al Sistema SIPA y la posterior obtención de una jubilación por invalidez.

¿Qué pasa si no presentó la declaracion jurada de salud en Anses?

Mientras no hayas presentado la declaración jurada en ANSES, o si la misma tiene datos falsos, tu afiliación al monotributo no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por fallecimiento en actividad.

Si llegaras a tener un accidente es importante tener esta Declaración Jurada presentada.

¿Dónde debo presentar la Declaración Jurada de Salud (formulario 300/97)?

Debés presentar la declaración jurada ante la Anses en duplicado, donde el original quedará en poder de la Anses y el duplicado te lo entregarán a vos. También debés llevar una copia del formulario 184 (credencial del monotributo) y copia del DNI. No es necesario pedir turno y se debe firmar ante el respresentante de ANSES.

El funcionario interviniente, que es el reprentante del ANSES, es el encargado de recepcionar la declaración jurada.

La ANSES hará una evaluación de la información y a partir de esta podrá requerir (dentro de los 20 días corridos desde que se hizo la presentación):

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  1. Informes complementarios o ampliatorios.
  2. Solicitar un examen médico. Dicho examen médico será efectuado por las comisiones médicas, pudiendo ser recurrido ante la Comisión Médica Central.

Si pasan los 20 días y no te notificaron nada, se entiende que el trámite ha sido admitido sin objeción.

Cómo completo el formulario de la Declaración jurada de salud

  1. En la parte superior debes completar con todos tus datos: CUIT, apellido, nombre, tipo y número de documento, fecha de nacimiento, profesión o actividad, domicilio. El último renglón lo debe completar el funcionario interviniente.
  2. En la parte inferior el formulario tiene 7 preguntas, que debes responder por “SÍ” o por “NO”, completando en los recuadros respectivos con una “X”. En caso de responder “NO” a la pregunta 1, y de responder “SÍ” a las preguntas 2, 3, 4, 5, 6 y 7, debes aclarar cuándo ocurrió (fecha), dónde (hospital o clínica), nombre del médico que lo atendió, nombre del medicamento y dosis diaria, etc., en el cuadro “Aclaraciones”.
  3. El formulario debe ser firmado por el funcionario interviniente y por vos, aclarando sus firmas y consignando el lugar y fecha de las mismas.
  4. Luego de evaluar la declaración jurada, en el cuadro denominado “Intervención de auditoría médica” el funcionario interviniente debe emitir su dictamen.
  5. En el dictamen que debe llevar firma y sello del auditor, podrá decir:

Preguntas frecuentes Decreto 300/97

¿Quién debe presentar la Declaración Jurada de salud?

Deben presentarla todos los Monotributistas, Autónomos y Monotributistas Sociales.

¿Cuándo vence la obligación de presentar la Declaración Jurada de salud?

La norma no establece una fecha límite para hacer la presentación.

¿Hay que sacar turno para presentar la Declaración Jurada de salud?

En situación normal no es necesario sacar turno en Anses para hacer esta presentación, solo tener paciencia para esperar aproximadamente una hora en la delación, pero debido la situación vivida por la pandemia del Covid-19 en muchas delegaciones es necesario solicitar turno. Pedí el turno aunque no aparezca entre la opción de ANSES porque si no no te van a querer recibir esta DDJJ.

¿Por qué es necesario presentar la Declaración Jurada 300/97?

Porque si no hacen este trámite y se guarda la constancia, en el futuro podes no cobrar una pensión por discapacidad. Tené en cuenta también esta presentación para el caso de fallecimiento del contribuyente y la posterior tramitación de la pensión por parte de su cónyuge.

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