Anticipos de Ganancias 2024: nueva fórmula y aumentos

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La RG 5600/24 plantea un procedimiento especial para el cálculo. Aumentaron considerablemente los montos porque se actualiza el resultado del 2023 por inflación

ARCA difunde procedimiento y nueva fecha de vencimiento

Mediante la RG 5600, se estableció un procedimiento especial para el cálculo de los anticipos del impuesto a las ganancias para el periodo fiscal 2024 para personas humanas y sucesiones indivisas.

El organismo estableció también una nueva prórroga del vencimiento y elevó un parámetro para fiscalizar la solicitud de reducciones.

De esta manera el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias 2024 vencerá el 25 de noviembre (para todos los contribuyentes).

El resto de los anticipos del impuesto vencerán en diciembre, febrero, marzo y abril.

¿Qué son los anticipos?

Los anticipos son pagos a cuenta de un determinado impuesto al que está obligado un contribuyente. Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de presentar la correspondiente declaración jurada.

¿Quiénes deben abonarlos?

Todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en el impuesto deben determinar los anticipos e ingresar cada uno de ellos.

Anticipos en Cuentas tributarias

Después de mucha espera y luego de 2 prórrogas de vencimiento, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya muestra en el servicio de "Sistema de Cuentas Tributarias" los importes de los anticipos del impuesto a las ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas.

La Resolución General número 5600/24 estableció un procedimiento especial para el cálculo de estos anticipos, resultando en un aumento importante básicamente por la actualización de la base de cálculo (resultado neto antes de las deducciones personales) del año anterior según la variación del IPC entre enero y junio de 2024 de un 79,77%.

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¿Cómo se calculan los anticipos de Ganancias?

El procedimiento se adecúa a la ley de reforma fiscal, entonces tenemos que hacer así:

Notas:

¿Cómo se pagan los anticipos?

El pago del anticipo deberá efectuarse a través de la Billetera Electrónica AFIP o mediante Volante Electrónico de Pago (VEP), accediendo al servicio con clave fiscal “Presentación de DDJJ y Pagos”.

Los códigos que se deben utilizar para generar el VEP son:

Reducción de anticipos

Se eleva de $50 millones a $150 millones, uno de los parámetros considerados para que los contribuyentes y responsables que ejerzan la opción de reducción de anticipos requieran de un procedimiento especial con controles adicionales.

La opción de reducción de anticipos podrá ejercerse a partir del tercer anticipo cuando se trate de personas humanas o sucesiones indivisas.

No obstante ello, la opción podrá ejercerse a partir del primer anticipo cuando se considere que la suma total a ingresar en tal concepto, por el régimen general, superará, en más del 40%, el importe estimado de la obligación del período fiscal al cual es imputable.

A los efectos de hacer uso de esta opción los responsables deberán:

Las obligaciones indicadas deberán cumplirse hasta la fecha de vencimiento fijada para el ingreso del anticipo en el cual se ejerce la opción.

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