Baja retroactiva Ingresos Brutos ARBA
Si recibiste una intimación de ARBA porque nunca hiciste la baja en Ingresos Brutos, podrías tramitarla retroactivamente y sin tener que pagar multas.
Si recibiste una intimación de ARBA porque nunca hiciste la baja en Ingresos Brutos, podrías tramitarla ahora en forma retroactiva y sin tener que pagar ninguna multa!.
Cese de actividad
Es importante realizar la baja de todos los impuestos en los que te inscribiste, si ya no tenés actividad. No solo se deben realizar la baja en AFIP (Monotributo o Autónomos, Ganancias e IVA), sino también en Rentas de tu provincia y en los impuestos municipales.
Lo correcto es realiza la baja en Ingresos Brutos dentro de los 15 días siguientes a los que se ha dejado de tener actividad. Aquí encontrarás el paso a paso de este trámite: "Baja Ingresos Brutos".
Pero si no has tramitado la baja en su momento, vas a poder solicitar en forma retroactiva la misma. Este trámite demora varios meses ya que la información es remita a La Plata. De otorgarse la baja retroactiva, no se deberán abonar las multas por los períodos posteriores a la fecha de cese.
Baja de Oficio ARBA
¿Qué es la baja de oficio?
Frente a determinadas circunstancias ARBA puede proceder a realizar la denominada baja automática o baja de oficio. Cabe aclarar que si necesitás volver a ejercer una actividad en el ámbito de la provincia, deberás regularizar tu situación, corrigiendo los motivos que llevaron a ARBA a darte de baja.
¿Cuándo Arba puede darme de baja?
ARBA procederá a darte de baja de oficio si se cumplen en su totalidad las siguientes circunstancias. Si en los últimos 24 períodos mensuales de Ingresos Brutos:
Curso: PRIMEROS PASOS COMO CONTADOR INDEPENDIENTE
¡¡¡El curso que te da todas las herramientas para empezar a trabajar!!!
10% de DESCUENTO y 3 CUOTAS SIN INTERÉS
QUIERO TOMAR EL CURSO
- Falta presentar las Declaraciones Juradas de dichos períodos (ARBANET de corresponder). Además tenés que verificar si faltan las presentaciones de las Declaraciones Juradas anuales.
- Que no hayas sufrido ni retenciones ni percepciones, ya que estas hacen presumir actividad, puesto que provienen de clientes y proveedores que son agentes de recaudación.
- Falta de pago de Ingresos Brutos.
- No tener planes de pago vigentes.
- Si además estabas obligado a actuar como agente de recaudación, se deberá verificar la falta de inscripción en tal condición, falta de presentación y pago de las Declaraciones Juradas. Además, no se tiene que haber emitido título ejecutivo para el cobro de la deuda, ni procesos de fiscalización.
Cese retroactivo Ingresos Brutos ARBA
Podrán solicitar la baja retroactiva en ARBA tanto los contribuyentes locales de Ingresos Brutos, como los contribuyentes de Convenio Multilateral, que tengan jurisdicción sede en la provincia de Buenos Aires.
Recordá que debés tener la baja en AFIP para poder realizar este trámite.
Documentación para solicitar la baja retroactiva
En los Centro de Servicios de ARBA debés presentar la documentación que verifique los supuestos para la procedencia del cese retroactivo. Dependiendo el caso la documentación que se solicitarán será la siguiente:
- Formularios de Transferencia de Fondo de Comercio.
- Formulario CM 02 G - Cese total del contribuyente de Convenio Multilateral.
- En caso de fallecimiento del contribuyente: certificado de defunción.
- Certificado emitido por hospital u organismo público competente que certifique que el contribuyente padecía alguna discapacidad, la cual le impedía hacer la baja en el impuesto.
- La baja definitiva de la matrícula profesional.
- Constancia de baja AFIP por la misma actividad que te inscribiste en ARBA.
- Constancia de baja de habilitación municipal.
- Si te inscribiste en Convenio Multilateral y nunca hiciste la baja como contribuyente local, debés presentar la constancia que acredite la inscripción en el Convenio Multilateral.
Deberás presentar la documentación en original y copia, la cual podrá certificarse por un agente de ARBA en el momento.
Además tendrás que escribir una nota donde expliques los motivos por los cuales solicitás el cese retroactivo de actividades y la fecha a partir de cuando se dejó de tener actividad. Si sufristes retenciones bancarias tenés que explicar los motivos de las mismas, haciendo referencia a que no corresponde a actividad comercial.
¿Qué analiza ARBA para la baja retroactiva?
- Que no se hayan presentado Declaraciones Juradas por los períodos posteriores a la fecha de cese solicitada.
- Que no se registren percepciones y/o retenciones por el IIBB vinculadas con la actividad desarrollada.
- Existencia de deudas por períodos posteriores a la fecha de cese solicitada.
- Baja en los impuestos nacionales.