SIRCREB: retenciones bancarias

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Qué es, cuándo corresponde y cómo reclamar. En este artículo se explica de forma simple y clara este sistema recaudación bancaria.

¿Qué es SIRCREB?

El Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) es un sistema que utilizan los bancos para retener una parte de los depósitos que se realicen en nuestra cuenta bancaria.

Esta retención que corresponde al Impuesto a los Ingresos Brutos, es un anticipo del impuesto y debemos descontarnos la misma del impuesto a ingresar en el momento de la liquidación mensual.

El sistema se utiliza para los contribuyentes que se encuentren inscriptos en el Régimen de Convenio Multilateral y para contribuyentes locales de las provincias que adhirieron al SIRCREB y que decidieron su inclusión. Todos ellos se encuentran incluidos en el Padrón que se elabora en forma mensual.

Alícuotas SIRCREB

Mediante el módulo: "Sircreb Contribuyentes" de la página web de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (organismo regulador):
www.ca.gob.ar podrás consultar si estás incluido en el padrón mensual que utilizan los bancos, el porcentaje de alícuota y los coeficientes que te van a aplicar. La consulta la realizás ingresando tu CUIT y el período (año y mes).

También podés consultar desde la página de AFIP, ingresando con clave fiscal al servicio “Convenio Multilateral – SIFERE WEB – Consultas”.

Exclusión de retenciones SIRCREB

Todos coincidimos en que ARBA es primera en incorporar a todos los contribuyentes que viven en la pcia de Bs. As., a este régimen de retención y en muchos casos hasta por conceptos que no son suceptibles de ser retenido el impuesto, es por eso que me parece importante repasar los conceptos que están excluídos del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias:

Conceptos excluídos del SIRCREB AGIP

Mediante la Resolución 235/18 de AGIP se excluyen además de los conceptos mencionados, los siguientes para el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

Reclamos SIRCREB

Es importante saber que te "descuentan" SIRCREB porque sos contribuyente de Ingresos Brutos. Si fuiste incluido en el padrón de SIRCREB como contribuyente local y desconocés los motivos, podés hacer el reclamo correspondiente en las distintas webs de los organismos:

ARBA

Hay que tener en cuenta la documentación a presentar dependiendo del motivo del reclamo. A modo de ejemplo: si te depositaron el sueldo y te retuvieron SIRCREB, deberás presentar el recibo de sueldo correspondiente, si obtuviste un préstamo, tenés que presentar una nota del banco donde se informe el otorgamiento y el monto del mismo.

Distinto sería el caso si aparte de trabajar en relación de dependencia ejercieras un oficio o profesión en forma independiente. Si utilizaras la misma cuenta bancaria donde te depositan el sueldo para tu actividad independiente, por las transferencias que te hicieran en este caso sí corresponderían las retenciones bancarias.

Los motivos por los cuenes se puede ingresar un reclamo de ingresos brutos con relación a las retenciones bancarias son:

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Si sos monotributista no dejés de leer este post: "Retenciones a Monotributistas". Y si realizás alguna actividad exenta, como puede ser las exportaciones de servicios tenés que leer este artículo: "¿Cómo salir del padrón de retenciones de ARBA?".

AGIP

Si aparecés en la página de SIRCREB como contribuyente local de C.A.B.A., podés hacer el reclamo en www.agip.gob.ar.

Seleccionás la opción “SIRCREB- atención on line”, luego te pide ingresar con Clave Ciudad, la cual podrás gestionar en el mismo momento. Una vez que ingresaste con la clave, tenés que agregar el servicio “Reclamos Sircreb”. Vas a la opción de "Servicios"- "Asignar Servicios"- seleccionar “Reclamos Sircreb”-confirmar.

Ya tenés incorporado el servicio, solo resta volver a ingresar al mismo y agregar un "Nuevo Reclamo".

Córdoba

Para hacer un reclamo, debes concurrir a la Delegación que te corresponden de acuerdo a tu legajo.

Reclamos para el resto de los contribuyentes

Para el resto de los contribuyentes locales y de Convenio Multilateral, se deben enviar la consultas o reclamos a: sircreb@comisionarbitral.gob.ar

Devolución SIRCREB

Como primera opción y mientras se inicia un trámite de devolución, se puede solicitar la exclusión del régimen o la reducción de la alícuota. De esta forma no continuarás incrementando el saldo a favor, que muchas veces es imposible de absorber con los ingresos mensuales.

Tanto los trámites de adecuación de alícuotas como la solicitud de devolución de saldos a favor, se deben comenzar desde la página web de Rentas (AGIP, ARBA, etc.). Hay que analizar cada caso en particular, para ver si se cumplen con los requisitos que establece la ley, ya que se establecen montos mínimos para acceder a estos trámites.

¿Cómo salir del SIRCREB?

Debes realizar la baja en Ingresos Brutos en el momento en que dejes de realizar tu actividad.
Si continúas sufriendo retenciones bancarias inicia inmediatamente el reclamo, no acumulés saldos a favor.

Régimen de información de operaciones exceptuadas de retención bancaria

Los agentes de recaudación del SIRCREB deben presentar trimestralmente una declaración jurada informativa de las operaciones exceptuadas de la retención bancaria.

Los registros de la declaración jurada informativa trimestral tienen una identificación propia y un diseño similar a los registros de recaudación y devolución, por lo que pueden efectuarse presentaciones parciales en cualquier período decenal, siempre antes del vencimiento trimestral.

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