Intercambio de información fiscal: Argentina EEUU

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Acuerdo de intercambio automático de información financiera EEUU: ¿qué alcance tiene? y ¿desde cuándo estará vigente?

Acuerdo impositivo bilateral Argentina Estados Unidos

Empecemos, por el principio, ¿Qué es un acuerdo de intercambio de información fiscal?

Con el objetivo de prevenir el fraude y la evasión fiscal, las administraciones tributarias intercambian información, dan y reciben información fiscal de manera automática, en muchos casos, de los ciudadanos que son residentes de un país, tiene cuentas bancarias y o bienes en otros países.


¿Qué es fraude y evasión fiscal?

Hay fraude cuando la persona actúa con dolo, con intensión de engañar para conseguir un beneficio económico, entonces fraude o evasión fiscal es lo que da cuando mediante un engaño se pretende eludir el pago de un impuesto.

No quiero extenderme mucho en esta definición, pero si me parece importante que entiendas que estos acuerdo que firman los países se hace para tratar de evitar que no se paguen impuestos, que no se fuguen los capitales a paraísos fiscales y que lógicamente no baje la recaudación.

Acuerdo automático para intercambiar información fiscal

Según el gobierno argentino, hay en Estados Unidos al menos 100 mil millones de dólares de argentinos sin declarar. El ministro de Economía, Sergio Massa busca un acuerdo de intercambio de información de cuentas en forma “automática” y “masiva”. Un sistema que Argentina ya tiene con la otras jurisdicciones, como por ejemplo Suiza, con la que si intercambia información de las cuentas bancarias de los argentinos.

Puntualmente, Argentina y Estados Unidos firmaron un acuerdo bilateral para el Intercambio de Información el 23 de diciembre de 2016, pero este nunca estuvo operativo por completo, solamente se implantó el bajo el modelo de requerimiento. Es el artículo 5 de este acuerdo que el que está vigente.

¿Qué quiere decir esto? Que si AFIP quería saber algo o si la IRS quería alguna información, tenía que pedir la información puntual de un contribuyente. Esto se implementó recientemente, para fiscalizar el rema del aporte extraordinario.

Entonces la AFIP hizo algunos requerimientos al IRS Internal Revenue Service (que es como la AFIP pero de ellos). Y este organismo para darle la información le pedía que le digan donde estaba la cuenta bancaria, que explicara el motivo por el que necesitaba esa información y además AFIP tenía que demostrar que había agotaron todos los caminos para conseguir la información.

Algo poco práctico para la gente de AFIP como podemos ver. Todos estos requisitos hacen lógicamente que este acuerdo de 2016 no fluya con mucha agilidad.

Es por eso que hoy por hoy el gobierno quiere que el intercambio de información sea automático y que el IRS envíe, en forma periódica, información sobre: el detalle de los intereses cobrados en bancos y el detalle de los dividendos que cobran de sociedades los argentinos que tienen cuentas en Estados Unidos. Se busca poner en funcionamiento el artículo 6 de ese acuerdo ya firmado en 2016.

Aunque la información que reciba la AFIP va a ser bastante restringida, este tipo de intercambio será automático y se le va a servir al fisco para fiscalizar las presentaciones de Ganancias y Personales.

¿Cómo funcionaría el acuerdo automático?

El circuito sería automático: IRS manda AFIP información de las cuentas de los argentinos en ese país, AFIP chequea que esos argentinos tengan presentado en sus DDJJ de ganancias y Bienes Personales esa misma información. Si detecta alguna incongruencia intima al contribuyente a regularizar la situación, la intimación llega por el domicilio fiscal electrónico si el contribuyente lo tuviera constituido o puede llegar por carta al domicilio real de la persona que no estuviese inscripta.

¿Cuándo se implementaría el acuerdo bilateral con EEUU?

Firmado el acuerdo, Estados Unidos le pide a Argentina una serie de requerimientos en seguridad informática que se deben cumplir para implementarlo, sumado a que, como todo acuerdo, lleva actas de acá para allá entre las cancillerías y otros trámites.

El acuerdo entra en vigencia en 2023 y el gobierno recibirá en 2024 la información.. Como cualquier otra ley, no rige en forma retroactiva.

IMPORTANTE: si bien el acuerdo no es retroactivo, algunos tributarias advierten que se podrá ir para atrás en el tiempo usando el intercambio de requerimiento vigente desde 2016.

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¿Qué información va a pasar Estados Unidos de los argentinos?

La AFIP va a recibir información de los argentinos relacionada con:

No va a tener acceso a la información de los beneficiarios finales de sociedades registradas en EEUU. Y no va a tener acceso a la información de propiedades inmuebles.

¿Qué pide Estados Unidos para implementar el acuerdo?

Seguridad informática:

¿Existen estos tipos de acuerdo con otros países?

Si dentro del ámbito de la OCDE hay acuerdos de intercambio de información con otros países que permiten a AFIP saber dónde está el dinero los argentinos en cualquier lugar del mundo.

La OCDE, Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, es una organización de cooperación internacional con objetivos de bienestar común. Hablando del tema de este video en particular, te puedo decir que de acuerdo a la web más de 135 países participan en la lucha contra la elusión fiscal.

Estados Unidos no forma parte de la OCDE y es por eso que Argentina buscar firmar este acuerdo bilateral según el régimen que utiliza este país, el régimen FATCA (“Foreign Account Tax Compliance Act”).

En criollo, dice Estados Unidos, si querés que te comparta información de tus ciudadanos tenés que cumplir todas las cláusulas de FATCA. Si cumplís con todo firmamos el acuerdo. Estos acuerdos se llaman IGA.

Pero firmar el acuerdo no quiere decir que lo pongamos en marcha inmediatamente, porque como ya dijimos en 2016 se firmó un acuerdo IGA, pero no se implementó de forma automática solo por requerimiento, porque no se cumplieron con las medidas de seguridad informática y demás.

¿Qué es el FATCA?

En el año 2010, EEUU implementó este régimen para pedir a todas las entidades financieras del mundo que envíen información de las cuentas de los residentes estadounidenses en el exterior. Si las entidades no cumplen con esto, se les imponen una sanción que es una retención del 30%.

¿Qué es el IGA?

Son los acuerdos de reciprocidad que pidieron firmar los distintos países para tener de Estados Unidos la misma información fiscal que pide este país. En principio todos los países del G5 firmaron el acuerdo 1 y en particular en Latinoamérica tenemos estos acuerdo en Brasil y en Colombia que también firmaron este acuerdo de reciprocidad. Además, existe el modelo de acuerdo 2 que consiste en un intercambio unilateral de información, por ejemplo Chile o Paraguay tienen este acuerdo para que las entidades de esos países envíen información a EEUU.

Argentina al día de hoy está enviando información de los residentes norteamericanos.

Y si bien ya se firmó un acuerdo tipo 1 de reciprocidad, el cual fue publicado en diciembre 2022, aún no está en funcionamiento porque en su momento se filtró información del blanqueo y esto a EEUU no le gusta, entonces exige un resguardo de información y como ya dijimos más seguridad informática. En esto trabaja AFIP para poner en práctica el acuerdo de intercambio automático lo antes posible.

IMPORTANTE: Se puede suspender el acuerdo una vez que entre en vigencia en los que exista una filtración de la información brindada por la contraparte.

Nuevo blanqueo de capitales

El gobierno impusa un nuevo blanqueo para aumentar la recaudación y utliza este nuevo acuerdo para "presionar" a las personas que tengan cuentas sin declarar. El blanqueo puede ser una oportubidad para los que consideren que pueden ser capatados por los alcances del nuevo régimen.

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