¿Qué PROFESIONALES EXENTOS de Ingresos Brutos en CABA?
Los profesionales que ejercen su profesión de forma independiente en CABA, están exentos de IIBB. Cómo hacer para que no te retengan Ingresos Brutos.
¿Qué profesionales están exentos de Ingresos Brutos?
Si sos profesional y ejerces tu profesión de forma independiente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estás exento del Impuesto a los Ingresos Brutos. La exención es solo para C.A.B.A. así que si también trabajas en pcia de Bs. As., tenés que inscribirte en Convenio Multilateral y declarar los ingresos que le corresponden a la jurisdicción 901 (C.A.B.A.) como exentos y los ingresos que le corresponden a la jurisdicción 902 (Bs. As.) como gravados.
Tené en cuenta que tu carrera de grado (carrera universitaria), oficialmente reconocida, tiene que tener una duración 4 años o más y no tenes que estar organizado en forma de empresa.
La exención del código fiscal de CABA es de pleno derecho, no tenés que hacer ningún trámite ni inscripción ante Rentas de la Ciudad de Buenos Aires.
Pero como muchas veces los agentes de retención y percepción (clientes, proveedores, bancos), al aplicar el padrón mensual correspondiente, efectúan retenciones y/o percepciones de Ingresos Brutos que no corresponden, se creó el “Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos”.
Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos
El trámite de inscripción se realiza en forma on line, nos sirve para obtener una constancia para exhibir ante terceros y evitar estas posibles retenciones y percepciones que puede llegar a realizar las empresas, cuando ven que no aparecemos con alícuota en el padrón por ejemplo.
- Ingresás en la página de AGIP con "Clave Ciudad" nivel 1.
- Adherís el servicio de "Registro de Profesionales Exentos" de la siguiente manera: "Asignar Servicio"- "Representado": seleccionas tu nombre- "Servicio": Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos-"Representante": seleccionas tu nombre-"Confirmar". Cerras Sesión.
- Volvés a ingresar con tu Clave Ciudad y seleccionas el servicio que ya tendrás habilitado.
- Completás el formulario con los siguientes datos: nombre y apellido, nº de CUIT, mail, datos del título, datos de la matrícula (en los casos en que sea condición para la práctica profesional) y datos de empleados si tuvieras.
- Tenés que subir en formato PDF, el título y la matrícula.
- Una vez enviada la información, te llegará un mail para confirmar el correo electrónico.
- Luego te llegará otro mail donde te confirmen que la información ha sido registrada.
Preguntas Frecuentes
¿Si derogan la exención de ingresos brutos a profesionales universitarios, que tendría que hacer?
Si se modifica el Código Fiscal de CABA, para eliminar la exención de profesionales universitarios en el Impuesto a los Ingresos Brutos, estarás obligado a tributar el impuesto. Deberás tomar en cuenta los ingresos facturados mensualmente, sobre los cuales se aplica una tasa entre el 3% y el 4%, para determinar el impuesto a pagar.
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Por otro lado, tus clientes y proveedores y también los bancos comenzarán a retenerte los importes que establezca la ley.
¿Los profesionales tienen que estar matriculados para solicitar la exención?
Si para ejercer tu profesión necesitas estar matriculado entonces sí debés presentar la matrícula al momento de realizar el trámite de "Profesionales exentos de Ingresos Brutos en CABA".
Si empiezo a realizar tareas profesionales en la provincia de Buenos Aires, ¿tengo que inscribirme en el Convenio Multilateral o sigo exento?
En el ámbito de la provincia de Buenos Aires, los profesionales no se encuentran exentos del Impuesto a los Ingresos Brutos. Tendrás que inscribirte en el Convenio Multilateral y entonces por la parte de ingresos correspondientes a CABA mantendrás la exención y por la proporción de la provincia de Buenos Aires pagarás el Impuesto a los Ingresos Brutos.
Soy egresado universitario, pero trabajo y facturo por otra actividad. ¿Estoy exento del Impuesto a los Ingresos Brutos?
Depende de la actividad que realices. En principio y por ser profesional no estarás exento del impuesto, ya que esta exención es para quien ejerce su profesión liberal universitaria no organizada en forma de empresa en esta jurisdicción y por esa actividad.
Soy profesional exento, ¿tengo que presentar Declaraciones Juradas mensuales?
La exención es de pleno derecho, no debés realizar ninguna presentación ni mensual ni anual.