Registro de Empleadores On Line - AGIP

artículosSeguridad Social

¿Tenés empleados en C.A.B.A? El 31 de julio vence el Registro de Empleadores CABA 2022 obligatorio para todos los empleadores.

¿Qué es el Registro de empleadores On Line?

Mediante el Decreto N°625 del 2009, el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó el REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE. Todos los años se debe cumplir con su presentación.

Es una Declaración Jurada que deben presentar los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para cumplir con el registro se debe suministrar información respecto del año calendario inmediato anterior.

¿Cómo inscribirse en el Registro de Empleadores CABA?

La registración de nuevos empleadores y su renovación anual debe realizarse en la web de AGIP: https://www.agip.gob.ar/

Suscribite a mi newsletter
¿Sos contador?
Si sos contador y querés mantenerte actualizado suscribite a mi newsletter, te brindaré herramientas para trabajar con tus clientes entre otras cosas.


Además se deberá completar:

¿Cómo se demuestra el cumplimiento del trámite?

Al finalizar la carga de información requerida se emitirá una constancia de cumplimiento. Dicha constancia deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de su documentación laboral, o cada vez que un inspector del trabajo requiera la presentación del mismo.

¿Cuándo vence el Registro de Empleadores?

Hay tiempo hasta el 31 de marzo de cada año para hacer la carga de información del ejercicio fiscal anterior. Para el ejercicio fiscal 2021 se extendió el plazo hasta el 31 de julio de 2022.

Curso: PRIMEROS PASOS COMO CONTADOR INDPENDIENTE

ÚLTIMO MES para ingresar con 10% de DESCUENTO Y 3 CUOTAS SIN INTERÉS

QUIERO TOMAR EL CURSO

¿Qué pasa si no se renueva el Registro de Empleadores On Line?

La falta de renovación anual de la inscripción se entenderá como una obstrucción a la labor de la Autoridad Administrativa Laboral, es por eso que se aplicarán las sanciones de Ley Nacional N° 17.622 y la Ordenanza N° 35.386/79 a los sujetos que no cumpliesen en tiempo y forma con la presentación.

Entradas relacionadas

Suscribite a mi newsletter
¿Sos contador?
Si sos contador y querés mantenerte actualizado suscribite a mi newsletter, te brindaré herramientas para trabajar con tus clientes entre otras cosas.