Plan de pagos AFIP para planes caducos
AFIP establece un nuevo plan de pagos para aquellos planes caducos hasta el 30/04/2020. Disponible desde el 21/05 hasta el 30/06 de 2020.
Por medio de la RG 4718/2020 la AFIP establece un nuevo plan de pagos para aquellos planes caducos hasta el 30/04/2020.
Este nuevo plan sirve para cancelar las deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social, que tenías incluido en algún otro plan de pagos y que por falta de pago te lo dieron de baja.
¿Qué planes de pagos caducos se pueden regererar?
Este nuevo régimen de facilidades de pago permite cancelar los siguientes planes de pago que deben pueden caducado hasta el 30/04/2020 inclusive:
- Plan de pagos para Ganancias y Bienes Personales (Resolución General N° 4.057).
- Planes permanentes para Monotributo (Resolución General N° 4.166).
- Plan de pagos permanente (Resolución General N° 4.268).
Se van a poder incluir las multas y los intereses de estos planes también.
¿Cómo adherir al plan de pagos?
Mediante el servicio de la página de AFIP de "Mis Facilidades", vas a poder realizar la adhesión al Plan de Facilidades para Planes caducos al 30/4/20.
- Ingresas con CUIT y Clave Fiscal al servicio de "Mis Facilidades".
- Valida la deuda a ingresar en el plan de pagos.
- Elegí el plan de facilidades de pago que corresponda según el tipo de obligación regularizar. Los conceptos por deuda aduanera y los intereses sobre capital no adeudado, deberán incluirse en un plan de facilidades de pago independiente.
- Recorda que tenes que tener un CBU incorporada en el servicio “Declaración de CBU”.
- Consolidas la deuda y procedes al envío de la solicitud de adhesión.
Vas a poder adherir al régimen desde el 21 de mayo hasta el 30 de junio de 2020.
Características del Plan de Facilidades de pago.
Este nuevo plan de facilidades de pagos de AFIP no genera una reducción de intereses ni libera de las sanciones pertinentes. Es solo para que puedas volver a tener esta facilidad de pagos en cuotas.
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Se van a poder hacer hasta 6 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Excepto por la primera de las cuotas va a ser un poco más alta ya que va a incluir los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.
El importe de cada una de las cuotas va ser como mínimo de $1.000 y la primera de esta vencerá el 16 de julio de 2020.
Recodá que las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria. Si no se pudiera debitar el día 16, se habrá un nuevo intento de débito directo de la cuenta corriente o caja de ahorro el día 26 del mismo mes.
En última instancia podrás rehabilitar una cuota impaga para pagar mediante VEP o debito directo en la cuenta el día 12 del mes inmediato siguiente al de la solicitud de rehabilitación.
También se podrá solicitar por única vez, la cancelación anticipada total de la deuda comprendida en el plan de facilidades de pago, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota.
Y al igual que todos los planes de pagos de AFIP, la caducidad de los planes de facilidades de pago operará de pleno derecho, cuando se produzca la falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.