Prepagas: tope al aumento

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Entre el 1 y el 20 de cada mes los afiliados deben presentar una declaración jurada para certificar que ganan menos que los seis salarios mínimos.

2023 empieza con más aumentos y la medicina privada no será la excepción, con ajustes que se producirán mensualmente en un costo que muchas familias argentinas miran con preocupación.

¿Cada cuánto aumentarán las prepagas?

El gobierno nacional autorizó que los aumentos de las prepagas sean todos los meses (hasta el año pasado eran cada dos meses), pero puso un tope para algunos sectores y es por eso que en este artículo vamos a hablar de la declaración jurada que hay que presentar todos los meses si tenés ingresos netos menores a seis salarios mínimos, vitales y móviles.

Con el objetivo de reducir los costos de los usuarios de medicina prepaga, se reglamentó la creación de planes con copagos cuyo valor debe ser al menos 25% menor a los que actualmente ofrecen las empresas.

Mediante la resolución 2/2023, la Superintendencia de Servicios de Salud además dispuso el trámite que deben realizar los usuarios de medicina prepaga que cobren menos de 6 salarios mínimos por grupo familiar y quieran que se les aplique el tope que dispuso el Decreto N° 743/22.

¿Cuál es el salario que se debe tener?

Para acceder al beneficio del tope de aumento de las prepagas se deberá tener un salario mensual menor a 6 SMVM que a valores de enero es de $65.427, entonces si tenés un sueldo neto menor a $392.562 podés hacer trámite hasta el 20 de enero.

En febrero y marzo habrá aumentos del SMVM y por consiguiente se incrementará este tope para pedir el beneficio de la prepaga quedando como salario máximo para acceder: $406.458 y $417.000; respectivamente.

¿Cuál es el beneficio?

¿Cómo es el trámite para pedir el tope de aumento de la prepaga?

Del 1ro al 20 de cada mes, los usuarios de prepagas que tengan sueldos menores a 6 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, deberán completar una declaración jurada con los ingresos correspondientes al mes calendario inmediato anterior.

IMPORTANTE: verifica siempre que tu sueldo neto o ingresos facturados en el mes anterior estén dentro del límite de los 6 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, si no el trámite será rechazado.

Desde el día 21 y hasta completar el mes, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD pondrá a disposición de cada Entidad de Medicina Prepaga, en su página web, la información correspondiente de las declaraciones juradas presentadas por sus usuarios y usuarias, a los efectos de que apliquen los topes correspondientes en los casos que corresponda.

No se admitirá la presentación de declaraciones juradas de ingreso para meses anteriores al previsto según la fecha de carga, ni procederá la aplicación del tope en forma retroactiva.

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Preguntas frecuentes

¿Todos los meses hay que pedir el tope de la prepaga?

Si, del 1 al 20 de cada mes se deberá enviar la DDJJ a la SSSalud.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Tener Clave Fiscal, la cual podés obtener desde la app "Mi AFIP".

Soy monotributista ¿qué ingreso se toma en cuenta?

La norma no aclara si ingreso corresponde a la facturación realizada o al tope de la categoría en la que está en el contribuyente. Entiendo que debería ser la facturación del mes anterior.

¿Cómo se declara en el caso de un grupo familiar?

Las prepagas informaron que el titular debe declarar los ingresos del grupo familiar adherido al plan.

Tengo una prepaga por un plan de la empresa: ¿puedo tramitar el beneficio?

No, el nuevo esquema no contempla a quienes reciben cobertura por medio de planes corporativos, estos planes se rigen por otros esquemas de aumentos.

¿Cuánto aumenta la prepagas en 2023?

¿Si pido el tope mensual puedo pedir un plan con copago?

La normativa no aclara si la persona que solicita el tope de aumento mensual, podrá también acceder a alguno de los nuevos planes con copagos.

¿Qué beneficio tiene un plan con copago?

El valor del plan deben ser al menos 25% menos que los planes que actualmente ofrecen las empresas. El plan debe ser igual a los ya ofrecidos por las prepagas con la diferencia que podrán cobrar una suma extra a la hora de recibir la atención en determinadas prestaciones.

¿Cuáles son las prestaciones por las que se puede cobrar copago?

Psicología; prácticas de laboratorio, pruebas diagnóstico-terapéuticas; prácticas kinesio-fisiatras; prácticas de fonoaudiología/foniatría; atención domiciliaria, odontología, tomografía, resonancia, laboratoirio biomolecular., genético, medicina nuclear u estudio de imagenes entre otras.

¿Quiénes no tiene que pagar copagos?

Aparte de los que acceden a planes más caros, la norma excluye del pago de copagos en los planes más económicos a las personas gestantes, niños de hasta 3 años, pacientes oncológicos, transplantados con discapacidad ni quienes reciban prácticas de urgencia.

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