Registro de Domicilios de Explotación (CABA)
TRÁMITE COMPLETO: registro para los contribuyentes de Ingresos Brutos, creado por AGIP. Se debe ratificar o rectificar el domicilio declarado todos los años.
Antecendes del domicilio de explotación
Si bien a nivel nacional hace años que venimos informando a la AFIP de los “Domicilios de Explotación” de los contribuyentes, ahora también la AGIP por medio de la RG 312/2020 y la RG 01/2021 nos solicita la información, con el fin de actualizar la base de datos de los inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires afectados a las actividades económicas.
¿Qué es el domicilio de explotación?
El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica (todas las actividades, incluso hasta las exentas).
¿Qué es el Registro de Domicilios de Explotación (RDE)?
Es un inventario donde los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos deberán informar el domicilio del inmueble donde ejercen o desarrollan, total o parcialmente, su actividad económica.
Se crea este registro, con el objetivo de que la AGIP cuente con información actualizada de CABA de los contribuyentes de Ingresos Brutos y se mantenga actualizada las bases de datos de CUIT y partida inmobiliaria.
¿Quiénes tiene que cumplir con el registro?
- Contribuyentes inscriptos en la categoría Locales de CABA.
- Contribuyentes del Convenio Multilateral, siempre que posean establecimiento, local, sucursal u oficina en la CABA.
- Contribuyentes del Régimen Simplificado, excepto quienes brinden locaciones sin establecimiento propio (ver art. 272 del Código Fiscal).
- Contribyenbtes exentos del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en la CABA.
¿Cómo se hace la inscripción en el registro de domicilios?
Habrá que ingresar a la web de AGIP con CUIT y Clave Ciudad nivel 2 para cargar la información que detallamos a continuación.
Es importante recalcar que la información brinda al momento de la inscripción en el registro, debe ser modificada cada vez que produzcan un cambio en el inmueble como inicio o cese de actividades, variaciones en la superficie afectada, etc.
Los datos a cargar en el sistema son:
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- Número de partida/s del/de los inmueble/s.
- CUIT del/de los titular/es de dominio del/de los inmueble/s.
- CUIT de quien desarrolla actividades económicas en dicho inmueble.
- Carácter de ocupación del/de los inmueble/s por parte del contribuyente (dominio, locación, comodato, usufructo, concesión, uso o tenencia precaria, etc.).
- Actividades desarrolladas en el/los inmueble/s según el Nomenclador de Actividades (NAES), con sus respectivos Códigos de Actividad.
- Superficie afectada a las actividades económicas.
- El número de habilitación otorgado por la Agencia Gubernamental de Control (AGC), en caso de corresponder.
- Fecha de inicio de las actividades económicas en el inmueble.
- Fecha de cese de las actividades económicas en el inmueble, en caso de corresponder.
- Y cualquier otra información que sea relevante para identificar la explotación económica del inmueble.
¿Cuál es el plazo para inscribir los domicilios?
Los contribuyentes deberán ratificar o rectificar el/los domicilio/s de explotación declarado/s anualmente, entre 1/1 y el 31/3 de cada año. Este año el plazo máximo para realizarlo es el 29/04/2022.
La RG 24/2022 estableció que los contribuyentes deben informar las modificaciones en el/los domicilio/s, dentro de los 15 días hábiles de haberse prodicido las mismas.
Para ratificar el domicilio hay que ingresar nuevamente con Clave Ciudad al servicio "Registro de Domicilios de Explotación (RDE)" hacer clic en "registrar nuevo" y cargar nuevamente los datos.
¿Qué pasa si no se cumple con el RDE?
En principio la inscripción o actualización del domicilio de explotación en el RDE es obligatoria para realizar los siguientes trámites o procedimientos:
- Planes de facilidades de pago, moratorias o condonaciones de deudas.
- Solicitudes de exenciones en el “Impuesto Inmobiliario y ABL” y/o en el “ISIB”.
- Reclamos respecto de compensaciones, repeticiones o devoluciones de cualquiera de los dos tributos antes indicados.
- Iniciación o tramitación de expedientes a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD).
- Altas o modificaciones en el ISIB.
- Recategorización en el Régimen Simplificado.
En el futuro se incorporará nuevos trámites y contribuyentes obligados a informar los domicilios de explotación en la jurisdicción.
¿Hay alguna sanción?
Sí. El inclumiento de esta norma se considera una infracción formal, por lo tanto, se aplicarán multas que van de $4.875 a los $213.800 en el caso de las personas. Para las sociedades los montos mínimos de multas aplicables son:
- SA, en comandita por acciones, UTE: $24.380.
- SRL y restantes sociedades regulares: $21.810.
- Sociedades irregulares: $19.380.
¿Cómo se debe presentar el registro si trabajás desde tu casa?
Luego de ingresar al portal de Clave ciudad y seleccionar el servicio “Registro de domicilio de explotación”.
- El contribuyente cuenta con un botón para iniciar la registración.
- Una vez ingresado en la pantalla de carga correspondiente, seleccionara la opción “Sin domicilio de explotación en CABA”.
- Esta Opción modificara automáticamente el formulario de carga, brindado como opción alternativa la carga del domicilio Fiscal o del Domicilio Comercial, permitiendo al contribuyente cargar el que considere conveniente.
- El formulario bloqueara automáticamente los campos que ya no son requeridos, por ej.: Partida, Superficie Afectada, Nº de habilitación AGC, Titulares, Fecha de inicio, Fecha de cese.
- Permanecerán habilitados los campos que se deberán completar: (ej.: Actividad, Teléfono y Condición frente a ISIB).
- Luego de completar la carga de datos, el contribuyente seleccionara la opción guardar, Finalizando el trámite de registración.