Proyecto de Impuesto extraordinario

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Características del proyecto de impuesto extraordinario, que se pagará por única en el marco de la emergencia por el Coronavirus (Covid-19).

Aproximadamente va a haber 12.000 contribuyentes van a pagar este nuevo impuesto a la riqueza. Las características del proyecto del impuesto extraordinario que surge como medida económica, para hacer frente a la emergencia sanitaria por el Coronavirus Covid-19.

¿Qué grava el impuesto extraordinario a la riqueza?

Los bienes que tiene una persona física o sucesión indivisa al 31 de marzo de 2020, independientemente que los bienes sean exentos en el Impuesto a los Bienes Personales o que tributen mediante responsable sustituto.

El inmuble, el auto, las acciones, los plazso fijos, el campo, la totalidad de bienes al 31 de marzo de 2020, valuado conforme a las normas de Bienes Personales.

Es un impuesto que se aplica por única vez con carácter de emergencia y de aplicación para todo el país.

¿Quienes son los sujetos alcanzados por el nuevo impuesto a la riqueza?

En el proyecto del impuesto extraordinario, se detalla los sujetos alcanzados: las personas físicas y las sucesiones indivisas que al 31/12/2019 tengan bienes, independientemente del tratamiento que tenga en el Impuesto sobre los Bienes Personales, mayores a $200.000.000.

Los residentes en el país pagan el impuesto por los bienes situados en el país y por los bienes situados en el exterior (gravados y exentos).

Los residentes en el exterior solo pagarán por lo bienes en el país (gravados y exentos)

¿Cómo se calculan los $200.000.000 del impuesto por el Coronavirus?

Se calculan con la totalidad de los bienes de la persona,valuados de acuerdo a las normas de Bienes Personales y sin considerar ningún mínimo no imponible.

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Si la suma da menos de 200 millones de pesos, no paga impuesto.

¿Cómo dice el proyecto que se calcula el impuesto extraordinario?

Primero tengo que ver los bienes que tenía al 31/12/2019 para saber si va ser sujeto del impuesto:

¿Cuánto se va a pagar?

En el siguiente ejemplo veamos en cuanto varía el impuesto, por tener un $1 de "riqueza":

$400.000.000 * 2 % = $8.000.000
$400.000.001 * 2,5% = $10.000.000

¿Por qué se paga el impuesto extraordinario desde los $0?

Un sujeto puede haber tenido vienes por más de $200.000.000 al 31/12/2019 y por este motivo pasaría a ser sujeto del impuesto extraordinario, pero puede tener bienes por menor valor al 31/03/2020, con lo cual estaría pagando impuesto por este valor al 31/03/2020 y no por los $200.000.000. Este es el motivo por el cual la escala de alícuotas comienza desde $0.

Durante los primeros tres meses del año, puede haber vendido bienes, aportado a una sociedad, perdido con alguna inversión, por los primeros días de la cuarentena o por lo que sea, el contribuyente paga por los bienes que tenga al 31/03/2020.

Y a la inversa si al 31/12/2019 tuvo bienes en el país y en el exterior (gravos y exentos) por un monto menor a $200.000.000, por más que al 31/03/2020 tenga bienes por un monto mayor, NO va a pagar el impuesto porque no es sujeto del mismo.

Resumiendo…

Para saber si es sujeto a este impuesto extraordinario, que aún hoy es un proyecto, valúo los bienes al 31/12/2019 (normas Bienes Personales), sumo todo exento y no exento, en el país y en el exterior y si me da más de $200.000.000 va a tener que pagar el impuesto.
Para pagar el impusto, valúo los bienes al 31/03/2020 (normas Bienes Personales), sumo todo exento y no exento, en el país y en el exterior para luego aplicar las alícuotas del impuesto.

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