Anticipos de Ganancias
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¿Por qué tengo que adelantar el pago de impuestos? ¿Cómo pedir una reducción de anticipos de Ganancias? ¿Qué pasa si no pago los anticipos?
¿Qué son los anticipos de Ganancias?
Son adelantos del impuesto a pagar el año siguiente. Cuando pagamos un anticipo vamos a tener un saldo a cuenta para el pago de ese tributo. Tanto las empresas como las personas deben ingresar anticipos de Ganancias a la AFIP.
¿Cuándo corresponde pagar anticipos de Ganancias?
Corresponde ingresar estos pagos a cuenta cuando se haya presentado una Declaración Jurada de Ganancias con saldo a pagar. Al finalizar la presentación podremos ver desde el servicio de AFIP "Cuentas Tributarias" los anticipos calculados para el pago de la próxima DDJJ.
Pago a cuenta
Cuando pagamos un anticipo estamos adelantando al fisco el impuesto que deberíamos pagar el año siguiente, es por eso que ese monto pagado después lo descontamos del impuesto determinado en la DDJJ siguiente. Pero qué pasa si venimos con un mal año y ya nos vamos dando cuenta que la DDJJ siguiente no va a generar tanta ganancia, por lo tanto, no vamos a tener tanto impuesto para absorber ese adelanto que estamos haciendo de impuestos con los anticipos. En estos casos podríamos pedir una reducción de anticipos.
¿Cómo se calcula el anticipo de Ganancias?
Las personas humanas y sucesiones indivisas deben pagar 5 anticipos en forma bimestral, comenzando a pagar el primero a los dos meses del vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada. En este caso el importe de cado de unos anticipos se determina:
- Resultado antes de deducciones personales del artículo 30 de la ley del impuesto, del período fiscal inmediato anterior.
- Menos deducciones personales que hubieran sido computadas en dicho período, actualizadas por el coeficiente RIPTE.
- A esta ganancia neta se le aplica la alícuota del impuesto según la escala del art. 94 de Ley de Ganancias.
- A este impuesto también se pueden deducir, si corresponde, los conceptos previstos en la RG 5211 (art. 3 inc. 3 puntos i a vi).
- Al importe resultante se aplicará el 20%.
Los anticipos de ganancias de las personas jurídicas son 10. En el caso de ejercicios cuya duración sea inferior a UN (1) año, para la determinación del número y el monto de los anticipos a ingresar se aplicará lo previsto por el Anexo de la RG 5211.
La cuenta que se realiza para calcular los anticipos es la siguiente: del impuesto determinado en el ejercicio inmediato anterior se deducirían si corresponde los conceptos previstos en la misma resolución y al importe resultante se aplicará el siguiente porcentaje:
- Para la determinación del primer anticipo: 25%.
- Para los nueve restantes: 8,33%.
Excepcionalmente en agosto 2022 la AFIP reglamentó por medio de la Rg 5248 un anticipo adicional upara empresas de mayores ingresos.
¿Cuál es el importe mínimo de anticipos?
La RG 5211/2022 modificó la forma de determinar e ingresar los anticipos del impuesto a las ganancias. Se deberá ingresar los anticipos cuando los importes de los mismos superen:
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- Para personas humanas y sucesiones indivisas: $ 5.000
- Para sociedades: $ 2.500
¿Cómo ver los anticipos de Ganancias en AFIP?
Si tenés que pagar un anticipo de Ganancias podés hacerlo generado el VEP desde el servicio "Presentación de DDJJ de Pagos" o también desde el servicio de "Cuentas Tributarias" donde podés los anticipos que la AFIP calculó en función del procedimiento que detallamos más arriba.
También Si los buscas en el "Sistema de Cuentas Tributarias" - Consultas- Comprobante Personalizada y entras impuesto Ganancias- Formulario 1154 Período 20240000, aparecen.
¿Cómo pedir una reducción de anticipos de Ganancias?
La RG nos da la opción de pedir reducción de anticipos, cuando de una proyección del resultado que se obtendrá en el ejercicio en curso, determinamos que habrá una disminución del impuesto respecto del período anterior (base de cálculo de los anticipos del período en curso). Es importante hacer este cálculo y utilizar la opción de reducción del valor de los anticipos, en lugar de dejar de abonarlos voluntariamente y cargarse de sanciones.
La opción podrá ejercerse a partir del tercer anticipo, inclusive, perso si consideramos que la suma total a ingresar en tal concepto, por el régimen general, superará, en más del 40%, el importe estimado de la obligación del período fiscal al cual es imputable, se podrá pedir la reducción desde el primer anticipo.
En el caso de las sociedades podrá solicitar la reducción a partir del quinto anticipo inclusive.
Paso a paso procedimiento para pedir reducción de anticipos
- Ingresar al sistema “Cuentas Tributarias”.
- Seleccionar la opción “Reducción de anticipos”, ingresar el impuesto y el período fiscal y luego el importe de la base de cálculo proyectada.
- Realizar si corresponde, el pago del importe del anticipo que resulte de la estimación practicada mediante transferencia electrónica de fondos.
Podés solicitar la reducción hasta la fecha de vencimiento fijada para el ingreso del anticipo en el cual se ejerce la opción. Además, para poder solicitar la reducción tenés que cumplir con estos requisitos:
- Tener tu Clave Fiscal con estado administrativo activo sin limitaciones.
- Constituir y/o mantener domicilio fiscal electrónico.
- No teneés que tener otra solicitud de reducción de anticipos del mismo impuesto y período presentada dentro del plazo de 180 días corridos
- No debés adeudar la presentación de declaraciones juradas determinativas y/o informativas del impuesto a las ganancias, con vencimiento desde el primer día del mes de enero del año anterior a la fecha de la solicitud.
¿Qué pasa si no se pagan los anticipos de ganancias?
La AFIP puede exigir el pago de anticipos hasta la fecha de vencimiento del plazo para presentar las declaraciones juradas o la de su presentación, lo que fuere posterior. El fisco puede reclamar el pago de los intereses resarcitorios sobre anticipos no ingresados aun después de vencido el término para exigir la cancelación de aquellos.