Exportación de servicios: TODO lo que tenes que saber
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Si TRABAJAS para el EXTERIOR desde Arg.: ¿Hay que ingresar los cobros? ¿Se deben pesificar los ingresos? ¿Hay alguna retención? Todas estas respuestas y más!

¿Qué es una exportación de servicios?
Si realizas un trabajo de programación, de diseño web, consultoría, asesoramiento, traducciones, trabajos freelance etc., por medio de Internet, desde Argentina y para una persona o empresa que se encuentre en otro país, estas realizado una exportación de servicios.
La empresa va utilizar tu trabajo en extranjero y vos vas a prestar el servicio desde Argentina, debiendo facturar el mismo.
Normas sobre liquidación de exportaciones de servicios
La Comunicación 6770 del BCRA puso en un mismo plano a los pequeños exportadores de servicios con los grandes exportadores.
Para los cobros de antes del 2/9/2019 los exportadores, no están obligados a liquidar los dólares. A partir de esta fecha los cobros de las exportaciones de servicios, deberán ingresar en país dentro de los 20 días hábiles a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país, o de su acreditación en cuentas del exterior.
Cuando cobras en una cuenta del exterior, debes ingresar el pago dentro de los 20 dias habiles y se debe presentar el comprobante (mensaje swift) del cobro en el exterior para verificar la fecha de cobro real y probar que no te excediste del plazo.
Retenciones aduaneras a la exportación de servicios
La RG 4666/2020 modificó la RG 4400-19 y estableció que el derecho de exportación será de un 5% sobre el monto de la factura "E" emitida, ajustado por notas de crédito y débito.
El Decreto 99/2020 extendió hasta el 31 de diciembre de 2021 la aplicación de un derecho de exportación del 5% sobre las exportaciones de servicios.
IMPORTANTE: AL DÍA DE HOY NO HAY QUE PAGAR DERECHOS DE EXPORTACIÓN POR LOS INGRESOS DE EXPORTACIONES DE SERVICIOS
Preguntas frecuentes exportación de servicios Argentina
¿Los derechos de exportación de servicios (decreto 1201/18) quedaron eliminados totalmente desde 01/01/2022?
Si y no es necesario que se derogue el impuesto porque finalizó la vigencia del Dec. 1201/2018 y estaba prevista su prórroga por la Ley de Presupuesto pero la misma no fue aprobada, por lo tanto, los derechos de exportación no están vigentes.
¿Se debe pagar IVA por la exportación de servicios?
No se encuentran alcanzadas por el impuesto ya que la utilización o explotación efectiva se lleva a cabo en el exterior.
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Como la ley se encargó de darle un tratamiento similar al de la exportación de bienes, los créditos fiscales producto de de las compras relacionadas con la actividad, podrán ser reintegrados a los exportadores, evitando así que se tornen costo de la prestación y mejorando la competitividad nacional.
¿Cuál es el tratamiento para el Impuesto a las Ganancias?
En este caso los ingresos se encuentran alcanzados por el impuesto. Habrá que ver si la ganancia es de fuente argentina (cuando la actividad se lleve a cabo en nuestro país) o de fuente extranjera.
¿Tengo que pagar Ingresos Brutos si presto servicios para el exterior?
El impuesto a los Ingresos Brutos es un impuesto provincial. Se deberá analizar el alcance que le de la normativa de cada jurisdicción.
Tanto en la provincia de Buenos Aires como en CABA, los ingresos obtenidos por aquellas prestaciones efectuadas en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, se encuentran no gravados o exentos del impuesto a los Ingresos Brutos.
¿Qué tipo de factura deberá emitirse para respaldar una prestación de servicio llevada a cabo en nuestro país y utilizada en el exterior?
Se deberán emitir los siguientes comprobantes electrónicos:
- Facturas de exportación clase “E”.
- Notas de crédito y notas de débito clase “E”.
La factura se puede emitir en dólares, dejando aclarado en el detalle de la misma el tipo de cambio establecido a los efectos impositivos, que suele ser el valor comprador del Banco Nación del día anterior al de emisión de la factura.
Nota: Si sos monotributista y realizar exportación de servicios, no dejes de leer este artículo: "Cómo facturar servicios al exterior" así evitas las retenciones en Argentina.
¿Existe obligación de liquidar las divisas provenientes de la cobranza?
La obligación de ingresar las divisas provenientes de la exportación de servicios fue reincorporada, para las cobranzas efectuadas desde el 02/09/2019 hasta el 18/09/2025. Desde el 19/09/2025 el BCRA eliminó el tope anual de USD 36.000 que regía para el cobro de servicios desde el exterior.
A partir de ahora, quienes facturen y reciban pagos en dólares por sus prestaciones al exterior pueden disponer libremente del 100% de sus cobros, sin obligación de liquidarlos a pesos.
Recordemos que antes existían límites anuales: primero USD 12.000, luego USD 24.000 y finalmente USD 36.000, que permitían ingresar fondos sin tener que pesificarlos.
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