Requisitos para ser monotributista
Quiénes pueden ser monotributistas. Requisitos que se deben cumplir. Qué pasa si me voy a vivir al extranjero y cuando fallece el contribuyente.
Quiénes pueden ser monotributistas, qué pasa cuando una persona se va a vivir al exterior y cuándo fallece el contribuyente.
Ningún tipo de sociedad podrá ser monotributista, se excluye a los condominos (aunque si pueden serlo los condóminos), las sociedades de hecho y comerciales irregulares que tuvieran hasta un máximo de 3 socios.
La Reforma Tributaria otorga nuevas facultades a la AFIP que podrá efectuar la recategorización de oficio cuando el contribuyente adquiera bienes, efectúe gastos, haga compras, o tenga depósitos bancarios incompatibles con los ingresos declarados.
Se excluirá del régimen a aquellos contribuyentes que realicen importación de bienes o servicios con el objetivo de realizar una venta posterior.
¿Cómo ser monotributista?
Podrán inscribirse en el Monotributo las personas que cumplan alguno de estos requisitos:
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- Venden cosas muebles, por ejemplo: alimentos, ropa, electrodomésticos, etc.
- Presten un servicio, por ejemplo: un médico, un abogado, un taxista.
- Realicen servicios al exterior (exportación de servicios).
- Renten locaciones, por ejemplo: una persona que alquila un departamento.
- Realicen ejecuciones de obras.
- Formen parte de una sucesión indivisa, que continúa con la actividad del monotributista fallecido. En este caso la sucesión indivisa puede continuar durante un año o hasta que se dicte la declaratoria de herederos.
- Conformen parte de una cooperativa de trabajo.
- Trabajen en relación de dependencia por otra actividad. En este caso solo pagarán el componente impositivo de la cuota mensual del Monotributo.
- Los jubilados, por más que cobren una jubilación o pensión.
En todos los casos, tenes que tener en cuenta los requisitos del monotributo en cuanto a: precio unitario de venta, superficie afecta a la actividad, alquileres mensuales y tope de facturación de las categorías del monotributo (se publican en la página de AFIP).
Si te excedes de los montos tendrás que hacer una recategorización dentro del Monotributo o pasar al Régimen General, es decir, ser Responsable Inscripto en el Impuesto a las Ganancias e I.V.A.
En ninguna de las categorías del monotributo se requiere una cantidad mínima ni máxima de empleados.
¿Cúando no puedo ser monotributista?
No podrás ser monotributista:
- Si realizás 3 actividades simultáneamente.
- Tenés más de 3 locales.
- Si sos comerciante y vendes productos, si estos tienen un precio por unidad mayor a $29.119,56. Por ejemplo si vendes electrodomésticos, tienen que tener un precio menor de $29.119,56 cada uno.
- Realizás importaciones de bienes o si realizaste importaciones en los últimos 12 meses, con el objetivo de reventa.El objetivo de las importaciones tiene que habersido la reventa posterior, en el mismo estado en que fueron importados.
- Si formás parte de una sociedad. Si formabas parte de sociedad monotributista hasta el 31 de mayo de 2018, podés reconvertirla en una Sociedad de Acciones Simplificada (SAS), por lo fácil y rápido que son los trámites.
- Cuando sos Responsable Inscripto por otra actividad gravada en IVA.
Vivo en el exterior: ¿puedo inscribirme en el monotributo?
No, si vivís en el extranjero y realizas una actividad económica en la Argentina, por más que tengas un apoderado en el país, no vas a poder inscribirte en el Régimen Simplificado, ya que no está instrumentado para sujetos residentes en el exterior.