Microempresas: beneficio fiscal contribuciones patronales
Decreto 394/2023 establece un beneficio de pago a cuenta con lo retenido en concepto del impuesto al cheque para pago de contribuciones patronales de Mipymes.
Disminución de las contribuciones patronales
En un nuevo decreto emitido por el Presidente, se establece medidas relacionadas con el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias. Puntualmente, se establece que las microempresas pueden computar hasta el 30% de este impuesto como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
El decreto entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (31 de julio) y se aplica a las remuneraciones devengadas entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
A través de la RG 5405, AFIP reglamentó el procedimiento para que los empleadores categorizados como Microempresas puedan utilizar el impuesto al cheque para compensar las contribuciones patronales.
El impuesto al cheque y el Impuesto a las Ganancias
Recordemos que el impuesto sobre los Créditos y Débitos (conocido como impuesto al cheque ) efectivamente ingresado, ya era computable para el pago del impuesto a las Ganancias. Entonces, con esta nueva medida quedará un 70% de este impuesto disponible para usar como pago a cuenta del impuesto. También se podrá compensar el remanente que no se llegue a usar para el pago de contribuciones patronales.
Nota: Si el cliente quiere seguir usando el 100% del impuesto al cheque para el pago de Ganancias, puede seguir haciéndolo. Este nuevo decreto da la posibilidad de pagar menos mes a mes de las contribuciones patronales, pero no obliga a hacerlo, es una opción que deberá analizar cada cliente.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio del pago a cuenta para contribuciones patronales?
Los empleadores que están caracterizados con el código "272 - Micro Empresas Ley 25.300" en el servicio denominado "Sistema Registral" de AFIP.
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Nota: Para ver las caracterizaciones debemos ingresar con CUIT y Clave Fiscal a la opción "Cosnultas"- "Datos Registrales" que se encuentra dentro del servicio "Sistema Registral".
¿Cuáles son los límites del beneficio?
El último día del mes en que se devenguen las contribuciones de seguridad social, la empresa podrá computar hasta el 30% del impuesto al cheque que se les percibió desde el 31 de julio de 2023. Pero ojo, porque hay otro límite más a tener en cuenta: se podrá computar como pago a cuenta de hasta el 15% de esas contribuciones.
¿Cómo se aplica el beneficio?
Al momento de hacer la declaración jurada en el sistema "Declaración en línea":
- Dentro de la pantalla "Datos de la Declaración Jurada"- "Totales Generales" verás 2 totales: Contribuciones SIPA. Contribuciones no SIPA.
- Deberán informar el importe del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias que deseen computar en el campo "Pago a cuenta Dec 394/2023".
¿Cómo generar el VEP para el pago de contribuciones patronales?
El saldo de la DDJJ de aportes y contribuciones se deberá pagar con VEP y con los siguientes códigos:
- Contribuciones Patronales al SIPA Decreto 394/2023: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-154-019.
- Restantes Contribuciones Patronales -no SIPA- Decreto 394/2023: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-155-019.
Importante: la cuenta bancaria en la cual se efectúa la percepción del Impuesto sobre los Créditos y Débito debe estar a nombre del empleador caracterizado como microempresa.