Devolución de percepciones: error en código de impuesto

artículosGanancias y Bienes Personales

AFIP permite perdir la devolución a contribuyentes que por error se les haya percibido un impuesto en el que no están inscriptos.

Error en los códigos de las percepciones del 35%

Tenés gastos por compra de dólares o compras con tarjeta en moneda extranjera, juntas todos los comprobantes del año se los das a tu contador para que haga los tenga en cuenta para la DDJJ de Bienes Personales, pero resulta que no se pueden computar porque las percepciones se hicieron con el código de Ganancias...

Trabajás bajo relación de dependencia, juntaste todos los comprobantes de percepciones del año y enero, querés hacer la carga del SIRADIG, pero te encontrás con que no podés ingresarlas porque el código del impuesto es de Bienes Personales...

Casos como estos se presentaron por cientos desde que se implementó el régimen de Percepción de la RG 4815, y hasta el momento la única alternativa que podíamos darle al cliente para que recupere el saldo era inscribirlo en ese impuesto para exteriorizar el saldo a favor y luego solicitar la devolución. El aplicativo NO permitía presentar el formulario de devolución (F.1746), dado que al no estar inscriptos en el mismo, no podían computarlo.

Pero esto cambia y desde ahora podrán solicitar la devolución desde el servicio “DEVOLUCIÓN DE PERCEPCIONES”todos los contribuyentes que, por error del agente de percepción, sufrieron percepciones bajo un código de impuesto erróneo.

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¿Quiénes pueden pedir la devolución ahora?

¿Cómo hacer el pedido de devolución?

Es importante recordar que solo van a poder pedir la devolución aquellos contribuyentes que tengan percepciones de los códigos: 217 o 219 y que correspondan a los regímenes de percepción: 591 a 600, inclusive, siempre y cuando estas no puedan ni deban computarse como un pago a cuenta de Ganancias o Bienes Personales.

¿Cómo saber si tengo percepciones de códigos incorrectos?

Desde el servicio “Mis Retenciones” podrás consultar todas las percepciones y retenciones sufridas, además del impuesto PAIS que como ya sabemos no es recuperable. El tiempo de espera para la devolución dependerá mucho de cuando se incie el trámite, pero por lo visto en los 2 años que lleva el régimen nunca se devolvió antes del mes de ocutubre.

¿Cuándo se debe hacer el pedido de devolución de percepciones?

No hay un límite de tiempo para pedir la devolución, pero si hay un a fecha a partir de la cual se puede hacer el pedido, esta es 1ro de enero. Recién el 1ro de enero de cada año se podrá iniciar el trámite de pedido de devolución de las percepciones del 35% y/o 45% del año calendario anterior, es decir, en enero 2023 podremos cargar toda la información de enero a diciembre 2022.

¿Cuándo devuelve AFIP las percepciones?

Podés hacer el seguimiento de tu solicitud de devolución desde el mismo servicio de “Devolución de percepciones” y una vez que veas el que el pedido ha sido aprobado para el pago desde otro servicio, “Pago devoluciones”, tenés que seguir el trámite para ver en que fecha se te va a depositar.

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