Presentaciones Digitales AFIP
PASO A PASO >>> Presentaciones Digitales es el servicio que permite presentar tu MULTINOTA DIGITAL por la web de AFIP en forma RÁPIDA y SIN ir a la AGENCIA.
Presentaciones Digitales es el servicio que permite presentar tu multinota en formato digital por la web de AFIP. Ya no es necesario presentar el formulario 206 en la agencia, con la utilización de este servicio.
El servicio está disponible para la realización de determinados trámites y gestiones.
Presentaciones Digitales
Ingresando con tu CUIT y Clave Fiscal al servicio de “Presentaciones Digitales”, podés realizar comunicaciones a AFIP en forma digital y con carácter de declaración jurada.
Con la utilización de este servicio ya no será necesario acercarse a una agencia de AFIP para presentar el formulario 206 (multinota).
Para utilizarlo necesitás tener:
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- CUIT o CUIL.
- Clave Fiscal nivel 2 o superior.
- Domicilio Fiscal Electrónico.
No es necesario dar de alta el servicio, todos los contribuyentes lo tienen incorporado en su página de inicio.
Paso a paso trámite de "Presentaciones Digitales"
- Consultás si el trámite está dentro de los habilitados para hacer la "presentacion digital" de la multinota" y los requisitos adicionales del mismo.
- Enviás la presentación digital con toda la documentación adicional requerida según el trámite.
- Si está ok se te comunica el correspondiente acuse de recibo en el Domicilio Fiscal Electrónico.
- Las presentaciones son derivadas al área de la AFIP que corresponda.
- Podés hacer el seguimiento del estado de gestión de la presentación y/o comunicación realizada mediante el servicio "Presentaciones Digitales".
- Se te comunicará el estado "finalizada" de la presentación digital mediante el Domicilio Fiscal Electrónico.
Nota: Recordá que si realizas una comunicación en un día feriado o inhábil, el plazo comenzará a contarse a partir del primer día hábil siguiente.
Servicio de presentaciones digitales
Algunos de los trámites incorporados en presentaciones digitales son:
- La obtención de la CUIT para personas jurídicas
- Alta retroactiva de impuestos
- Alta retroactiva de impuestos
- Aporte de documentación Reintegro SIR
- Asociación de CUITs
- Baja retroactiva en impuestos y/o regímenes
- Beneficio detracción anticipada
- Bonos fiscales - Utilización de imputación en exceso de anticipos
- Cambio de domicilio fiscal - Personas humanas
- Cambio de fecha de cierre de ejercicio
- Cancelación de inscripción por fallecimiento o alta de sucesión
- Capacidad Económica Financiera - CEF - Disconformidad
- Carga de fecha de jubilación
- Certificado de capacidad económica - Personas con discapacidad
- Certificado de exclusión de retención de IVA - RG N° 2.226
- Certificado de exención impuesto a las ganancias - RG N° 2.681
- Certificado de libre deuda previsional - Ley N° 13.899
- Certificado de no retención de impuesto a las ganancias - RG N° 830
- Certificado de no retención del régimen de seguridad social - Disconformidad
- Certificado de residencia fiscal
- Certificado de ventajas impositivas - RG N° 2.440
- Consultas no vinculantes - Art. 12 Decreto N° 1.397/79
- Consultas vinculantes - RG N° 4.497
- Controlador fiscal - Baja y/o recambio de memoria
- Detracción para empleadores concesionarios de servicios públicos
- Devolución de saldos de libre disponibilidad - RG N° 2.224
- Ejecuciones fiscales - Dación de pago de embargos (Título II)
- Ejecuciones fiscales - Plan de pagos de honorarios
- Ejecuciones fiscales - Presentaciones y comunicaciones varias
- Empadronamiento de imprentas
- Factura M - Disconformidad
- Habilitación de comprobantes - Suspensión para acreditación ante dependencia
- Impugnación - RG N° 79
- Modificación de capacidad productiva
- Modificación de nombres, apellido y/o género
- Modificación estado administrativo CUIT - Modalidad reactivación presencial
- MONOTRIBUTO - Modificación de categoría actual por error
- Planes de pago - Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras
- Presentación de escritos recursivos - Art. 74 Decreto N° 1.397/79
- Presentación F. 408 - Allanamiento o desistimiento
- Presentación F. 885 - Modificación alta y baja de empleados - RG N° 2.988
- Procesamiento o anulación de compensaciones
- Promoción del desarrollo y producción de la biotecnología moderna
- Recupero de IVA por exportación
- Recategorización de oficio del monotributo - Apelación en término
- Recategorización de oficio del monotributo - Recurso fuera de término
- Registración de contratos - Oferta de entrega escritos, no primarios
- Registro de beneficios ICREDED - RG N° 3.900
- Reimputación de pagos - Formulario 399
- Reintegro de impuesto sobre los combustibles líquidos
- Reorganización de sociedades
- SIPER - Disconformidad
- SISA - Cesión gratuita con derecho a usufructo
- SISA - Domicilio pendiente de validación en dependencia - Ex RFOG
- Solicitud de cartas de porte por excepción
- Solicitud de cupos en el Registro de Entidades Emisoras de Garantías (REEG)
- Solicitud de no retención impuesto a la transferencia de inmuebles
- Solicitud de registración de DJ rectificativa en menos
- Solicitud de reintegro de saldo libre disponibilidad, transferencia RG N° 1.466
- Transferencia de importes convalidados - RG N° 1.466
- Utilización de importes transferidos - RG N° 1.466, Art. 11 o RG 2.000, Art. 31
- Verificaciones - Respuesta requerimiento
- Vinculación de Clave Fiscal para personas humanas
- Vinculación de Clave Fiscal para personas jurídicas
- Zona de emergencia - Acreditación
¿Qué más puedo comunicar con la multinota digital de AFIP?
- Presentaciones de planes de Pago.
- Modificación del Estado Administrativo de la CUIT.
- Cambio fecha de cierre de ejercicio.
- Solicitud de baja de impuestos o regímenes que han sido rechazados por Internet.
- Ejecuciones Fiscales y plan de pago Honorarios.
Recordá verificar los requisitos adicionales de información, antes de enviar la multinota digital.
Si hubiese algún error en la información enviada se te informará mediante una comunicación en el Domicilio Fiscal Electrónico. Vas a poder corregir el error mediante nuevas presentaciones digitales o presentaciones complementarias.