Certificado PyME AFIP: Paso a Paso
Aceede a beneficios impositivos. Muy fácil de tramitar, vía web. Mira el paso a paso! TAMBIEN PARA MONOTRIBUTISTAS.
Este documento es necesario para poder obtener financiación para tu emprendimiento y pagar menos impuestos. Muy fácil de tramitar, vía web. Te explico paso a paso como obtener el CERTIFICADO PYME.
¿Qué es una PyME?
Cuando hablamos del significado de la palabra Pyme hacemos referencia a una micro, pequeña o mediana empresa que realiza sus actividades en el país, ya sea en el rubro de servicios, comercial, industrial, agropecuario, construcción o minero.
¿Qué es el certificado PyME?
Este documento habita tu condición de Pyme en el Registro MiPyMES y ante el Ministerio de Producción y terceros organismos e instituciones. Sirve para acceder a una serie de beneficios fiscales para tu empresa.
¿Quienes pueden inscribirse en el Registro PyME?
Es una duda común pensar que porque no somos o no formamos parte de PYME, NO podemos tramitar el certificado, esto es incorrecto ya que la obtención y los beneficios fiscales, son tanto para PYMES como para:
- Monotributistas.
- Emprendedores.
- Profesionales.
- Comerciantes.
- Sociedades.
- Y toda persona jurídica o física que cumpla con los requisitos.
Requisitos para inscribirse en el Registro PyME
- Tener CUIT.
- Tener Clave Fiscal nivel 2 o superior.
- Estar inscripto en el Monotributo o en el Régimen General (en Ganancias y en IVA).
- Estar adherido a TAD (Trámites a distancia). Esta plataforma te permite hacer trámites en AFIP en forma virtual. Deberás entrar a "trámites a distancia" para completar una serie de datos y aceptar términos y condiciones.
Paso a paso cómo obtener el certificado Pyme
Para hacer la inscripción en AFIP tenés que:
- Ingresá a la página de AFIP con tu CUIT y Clave Fiscal.
- Tenés que habilitar el servicio “PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios”, desde el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
- Una vez agregado el servicio, cerrás sesión y volvés a ingresar con tu Clave Fiscal.
- Entrás al servicio y haces clic en “nuevo”.
- El sistema te pedirá que selecciones si queres pedir el beneficio de pago de IVA a 90 días (este beneficio aplicará solo si son Responsable Inscripto).
- Deberás ingresar una serie de información dependiendo tu condición impositiva. Veámos a continuación que necesitás:
Certificado PyMe Monotributistas:
No tenés que completar ninguna información, solo haces clic en “Siguiente”. No vas a ver ningún cambio, pero esto esta ok; tenés que hacer clic en el botón “Presentar” y listo!, imprimís el acuse de presentación y esperas la aprobación del certificado.
En aproximadamente 48hs recibirás en tu domicilio fiscal electrónico la comunicación de aprobación del certificado.
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Certificado PyME para Responsables Inscriptos:
- Vas a ver en las solapas de los períodos fiscales la suma de las ventas totales anuales menos el IVA, el impuesto interno que pudiera corresponder y el 50% del monto de las exportaciones.
- Tenés que informar a qué actividad AFIP corresponden esas ventas.
- Luego haces clic en “Presentar”.
- Imprimís el “Acuse de presentación”.
¿Cómo descargar el certificado PyME?
Antes del 2023 para descargar los certificados emitidos podías hacerlo desde la página del Ministerio de Producción (pyme.produccion.gob.ar/certificado/ o pyme.produccion.gob.ar/condicionpyme.), ingresando el número de transacción que aparecía en el “Acuse de presentación”, que se te había generado al solicitar el certificado.
Pero desde el 2023 para obtener el Certificado MIPYME tenés que ingresar desde la Plataforma LUFE, ¿cómo haces esto?:
- Ingresás con CUIT y Clave Fiscal a la web de AFIP
- Si es la primera vez que vas a usar la plataforma, agregas el servicio: LUFE
- Seleccionás a la persona por la cual solicitaste el Certificado.
- Bajás en la pantalla y buscas el apartado “documentos”.
- Vas a ver el estado de carga de los documentos, tenés que hacer clic en los “validados” (es una barra de color violeta)
- Buscas el documento de “Certificado PyME” que va a aparecer como cargado y hacés clic en "ingresás" (tiene un icono de ojo)
- Al ingresar podrás ver los últimos 3 Certificados emitidos para ese contribuyente. Se pueden descargar haciendo clic en el icono de la flechita.
¿Cuándo vence certificado PyME?
El certificado PyME hay que renovarlo antes del vencimiento, si se quiere mantener los beneficios obtenidos. Tiene una duración de un año y la renovación es automática en el mes de abril para el caso de las personas humanas.
Las empresas que tengan que renovar el Certificado PyMe recibirán durante el cuarto mes, posterior al cierre de ejercicio, una comunicación el domicilio fiscal electrónico.
Se les podrá a disposición desde el primer día hábil del cuarto mes posterior al cierre de su ejercicio fiscal y durante 20 días corridos, la información correspondiente a los campos del Formulario 1272, denominado "PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios", a fin que la misma pueda ser verificada por la empresa.
Se podrá modificar la información, rectificando las declaraciones juradas presentadas hasta el día de 20 del cuarto mes del cierre o el mes de abril en el caso de las personas humanas. Si no se modifica la información, no pasa nada porque la renovación del certificado pyme y sus beneficios es un trámite que ahora AFIP lo hace de manera automática sin que el contribuyente tenga que hacer la presentación.
Beneficios PyMEs
Algunos de los benefecios que te otorga la inscripción en el Registro PyME son:
- Pago del IVA 90 días. Es decir que lo que declaras mensualmente con tu presentación de IVA, recién lo vas a pagar a los 3 meses.
- Certificado de no retención de IVA de forma simplificada. Cuando las Declaraciones Juradas de IVA tengan un saldo a favor durante dos períodos fiscales consecutivos anteriores al pedido.
- Impuesto al cheque. Podés compensar en el pago de Ganancias el 100% del impuesto al cheque, y si tenés una empresas industrial mediana tramo 1, el 50%.
- Planes de pagos. Hay planes permanentes para PyMES. Se tomará en cuenta el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de cada ciudadano para determinar el monto del interés, la cantidad de cuotas y el límite de cada de plan.
- Derecho de exportación. Para las micro o pequeñas empresas, el derecho tributa sobre el excedente del monto de los servicios que superen los USD 600.000.
- En el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio, podés solicitar el acceso al Régimen de Fomento a las Inversiones.
- Extracciones bancarias: no sufrirá la doble tasa vigente que se cobra a los débitos cuando las empresas realizan extracciones en efectivo.